ISR a cargo por prima vacacional

La prima vacacional goza de una exención para el ISR equivalente a 15 veces la UMA, y por el monto excedente se pagar el impuesto

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 .  (Foto: iStock)

Algunos de nuestros colaboradores están solicitando tomar periodos vacacionales, por lo que necesitamos conocer ¿cuál es la prima vacacional que debemos pagarles? y ¿si aplica alguna retención sobre esta?

En términos del artículo 80 de la LFT, el empleador debe realizar el pago de la prima vacacional que corresponda a los días de vacaciones que se otorguen, la cual no puede ser inferior a un 25 % sobre el salario de dicho periodo.

La prima vacacional goza de una exención para el ISR equivalente a 15 veces la UMA, y por el monto excedente se pagar el impuesto; para lo cual existen dos métodos:

  • adicionar a los demás ingresos gravados del periodo, el importe gravado de la prima vacacional y al resultado aplicarle la tarifa del artículo 96 de la LISR, así como la tabla del subsidio para el empleo 
  • determinar una tasa de retención en términos del artículo 174 del RLISR

La empresa puede aplicar cualquiera de estos para obtener el ISR a cargo de la prima vacacional, por ende, es recomendable evaluar en cada pago la conveniencia que tendrá para el trabajador efectuarle la retención con base en uno u otro, tal y como se presenta en los siguientes ejemplos:

Monto máximo de prima vacacional exenta

 

Concepto

Importe

 

UMA

$86.88 

Por:

Veces de la exención

15

Igual:

Monto máximo de prima vacacional exenta

$1,303.20


Concepto

Trabajador uno 

Trabajador dos

Sueldo mensual ordinario

$6,800.00 

$36,548.00 

Número de días de vacaciones que se toman en el periodo

13

15

Por ciento de prima vacacional

25 %

25 %


Importe correspondiente a vacaciones a disfrutar

 

Concepto

Trabajador uno 

Trabajador dos

 

Sueldo mensual ordinario

$6,800.00 

$36,548.00 

Entre:

Días de pago

30

30

Igual:

Salario diario

$226.67 

$1,218.27 

Por:

Número de días de vacaciones que se toman en el periodo

13

15

Igual:

Importe correspondiente a vacaciones a disfrutar

$2,946.71 

$18,274.05 


Con base en el salario a pagar en el periodo vacacional, se calcula la prima vacacional de cada trabajador.

Prima vacacional

 

Concepto

Trabajador uno 

Trabajador dos

 

Importe correspondiente a vacaciones a disfrutar

$2,946.71 

$18,274.05 

Por:

Por ciento de prima vacacional

25 %

25 %

Igual:

Prima vacacional

$736.68 

$4,568.51 


La exención de la prima vacacional no puede ser superior al pago de la propia prima.

Monto máximo de prima vacacional exenta

 

Concepto

Trabajador uno 

Trabajador dos

 

Prima vacacional

$736.68 

$4,568.51 

Menos:

Monto máximo de prima vacacional exenta

736.68

1,303.20

Igual:

Prima vacacional gravada

$0.00 

$3,265.31 


La prima correspondiente al primer trabajador, está totalmente exenta, por lo que no se efectúa retención de ISR.

Para el otro empleado, la primera opción para calcular la retención será adicionar la prima vacacional gravada a los demás ingresos del periodo del pago y aplicar el procedimiento del numeral 96 de la LISR.


ISR a cargo por el total de ingresos conforme a la LISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Ingresos ordinarios del periodo 

$36,548.00 

Más:

Prima vacacional gravada

3,265.31

Igual:

Base gravable

$39,813.31 

Menos:

Límite inferior

38,177.70

Igual:

Excedente del límite inferior

$1,635.61 

Por:

Por ciento para aplicarse al excedente del límite inferior

30.00 %

Igual:

Impuesto marginal

$490.68 

Más:

Cuota fija

7,162.74

Igual:

ISR a cargo por el total de ingresos conforme a la LISR

$7,653.42 


Al ser ingresos derivados de un servicio personal subordinado, se aplica la tabla del subsidio para el empleo; sin embargo, por el nivel de ingresos le corresponde un subsidio de cero. 

El ISR por la prima vacacional, es la diferencia entre el calculado por la totalidad de ingresos y el que correspondería a los ingresos ordinarios del periodo.

ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del periodo

 

Concepto

Trabajador dos

 

Ingresos ordinarios del periodo 

$36,548.00 

Menos:

Límite inferior

24,222.32

Igual:

Excedente del límite inferior

$12,325.68 

Por:

Por ciento para aplicarse al excedente del límite inferior

23.52 %

Igual:

Impuesto marginal

$2,899.00 

Más:

Cuota fija

3,880.44

Igual:

ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del periodo

$6,779.44 


ISR a retener por prima vacacional

 

Concepto

Trabajador dos

 

ISR a cargo por el total de ingresos conforme a la LISR

$7,653.42 

Menos:

ISR a cargo sobre ingresos ordinarios del periodo

6,779.44

Igual:

ISR a retener por prima vacacional

$873.98 


La segunda opción para calcular la retención del impuesto, es con base en el RLISR; para ello se determina un promedio mensual de la prima vacacional gravada (art. 174, fracc. I, RLISR).

Promedio mensual de prima vacacional

 

Concepto

Trabajador dos

 

Prima vacacional gravada

$3,265.31 

Entre:

Días del ejercicio

365.00

Igual:

Resultado

$8.95 

Por:

Factor

30.40

Igual:

Promedio mensual de prima vacacional

$272.08 


Este promedio se suma a los demás ingresos gravados del mes y al resultado se le aplica la tarifa del precepto 96 de la LISR (art. 174, fracción II, del RLISR).

ISR a cargo por el total de ingresos y promedio mensual de prima vacacional

 

Concepto

Trabajador dos

 

Promedio mensual de prima vacacional

$272.08 

Más:

Ingresos ordinarios del mes

36,548.00

Igual:

Base gravable

$36,820.08 

Menos:

Límite inferior

24,222.32

Igual:

Excedente del límite inferior

$12,597.76 

Por:

Por ciento para aplicarse al excedente del límite inferior

23.52 %

Igual:

Impuesto marginal

$2,962.99 

Más:

Cuota fija

3,880.44

Igual:

ISR a cargo por el total de ingresos y promedio mensual de prima vacacional

$6,843.43 


A continuación, se compara el impuestos determinado contra el que corresponde solo a los ingresos ordinarios del periodo (calculado en cédulas anteriores) y la diferencia se divide entre el promedio mensual de la prima vacacional para calcular una tasa de retención (art. 174, fraccs. III y V, RLISR).

Diferencia de ISR a que se refiere la fracción III, del artículo 174 del RLISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

ISR a cargo por el total de ingresos y promedio mensual de prima vacacional

$6,843.43 

Menos:

ISR a cargo por el total de ingresos del mes

6,779.44

Igual:

Diferencia de ISR a que se refiere la fracción III, del artículo 142 del RLISR

$63.99 


Tasa de retención sobre prima vacacional

 

Concepto

Trabajador dos

 

Diferencia de ISR a que se refiere la fracción III, del artículo 142 del RLISR

$63.99 

Entre:

Promedio mensual de prima vacacional

272.08

Igual:

Cociente

0.2351

Por:

Cien

100

Igual:

Tasa de retención sobre prima vacacional

23.51 %


La tasa se multiplica por el monto gravado de la prima vacacional y el resultado es el ISR a retener sobre esta en términos del RLISR (art. 174, fracc. IV, RLISR).

ISR a retener sobre prima vacacional en términos del RLISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Prima vacacional gravada

$3,265.31 

Por:

Tasa de retención sobre prima vacacional

23.51 %

Igual:

ISR a retener sobre prima vacacional en términos del RLISR

$767.67 


Comparando los importes netos a pagar con ambos métodos se obtienen los siguientes resultados:

Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme a la LISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Ingresos ordinarios del periodo 

$36,548.00 

Más:

Prima vacacional

4,568.51

Menos:

ISR a retener (subsidio a pagar) por el total de ingresos conforme a la LISR

7,653.42

Igual:

Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme a la LISR

$33,463.09 


Neto a pagar por salarios del periodo en términos de la LISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Ingresos ordinarios del periodo 

$36,548.00 

Menos:

ISR a retener (subsidio a pagar) sobre ingresos ordinarios del periodo

6,779.44

Igual:

Neto a pagar por salarios del periodo en términos de la LISR

$29,768.56 


Neto a pagar por prima vacacional conforme al RLISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Prima vacacional

$4,568.51 

Menos:

ISR a retener sobre prima vacacional en términos del RLISR

767.67

Igual:

Neto a pagar por prima vacacional conforme al RLISR

$3,800.84 


Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme al RLISR

 

Concepto

Trabajador dos

 

Neto a pagar por salarios del periodo en términos de la LISR

$29,768.56 

Más:

Neto a pagar por prima vacacional conforme al RLISR

3,800.84

Igual:

Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme al RLISR

$33,569.40 


Diferencia entre ambos métodos

 

Concepto

Trabajador dos

 

Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme a la LISR

$33,463.09 

Contra:

Neto a pagar por el total de ingresos del periodo conforme al RLISR

33,569.40

Igual:

Diferencia entre ambos métodos

($106.31)


En este ejemplo conviene retener el impuesto en términos del RLISR; sin embargo, es necesario hacer los cálculos para cada trabajador para decidir cuál método le conviene más, ya que este puede variarse para cada caso.