Presionan al SAT para que emita las reglas de esquemas
reportables

SAT responde a la petición realizada por este organismo para la publicación de las reglas aplicables
A más de siete meses de que entrara en vigor de la reforma fiscal 2020, no ha sido posible la aplicación en su totalidad de las modificaciones; tal es el caso de los esquemas reportables previstos en el nuevo Título VI del CFF, denominado “De la Revelación de Esquemas Reportables”.
Este nuevo mandato es a cargo de los asesores fiscales, quienes están obligados a revelar al SAT los esquemas reportables generalizados y personalizados.
Según, el artículo octavo transitorio del decreto del 9 de diciembre de 2019, los plazos previstos para cumplir con las obligaciones mencionadas empezarán a computarse a partir del 1o. de enero de 2021.
Sin embargo, los esquemas reportables que deberán ser revelados son los diseñados, comercializados, organizados, implementados o administrados a partir del 2020, o con anterioridad a dicho año cuando alguno de sus efectos fiscales se refleje en los ejercicios fiscales comprendidos a partir de 2020.
En distintos numerales relacionados con esta obligación se indicó que el SAT emitiría las reglas de carácter general para regular la aplicación del reporte de los esquemas; las cuales no han sido publicadas.
En ese contexto, la Prodecon, mediante el oficio PRODECON/SASEN/370/2020 del 13 de julio requirió al SAT, información sobre el estatus de estas reglas.
El SAT, con el oficio 600-01-03-2020-23080 de fecha 5 de agosto de 2020, respondió a la petición de la Prodecon, señalando que se está trabajando en la elaboración de las reglas de carácter general, la creación de fichas de trámite y los formatos guía, que definan tanto el medio como la información que deberá contener la declaración informativa, a través de la cual los asesores fiscales proporcionaran la información para revelar esquemas reportables.
Asimismo, se indicó que la información en la cual se está trabajando es la siguiente:
Es importante destacar que el SAT apuntó que una vez que se concluya con la elaboración de dicha información se darán a conocer mediante su página de Internet, así como en el DOF.