Llegó la hora de actualizar datos del buzón tributario para personas morales

Finaliza el periodo de gracia que otorgó la autoridad fiscal para la actualización de estos datos

 .  (Foto: Redacción)

Mtro. Ernesto Sanciprian

Unas de las reformas fiscales previstas para el ejercicio 2020 son las sufridas en el tercer y cuarto párrafos del numeral 17-K del CFF, referente al buzón tributario.

Se prevé la nueva obligación consistente en que los contribuyentes deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto. Asimismo, se precisa que cuando aquellos no habiliten el buzón tributario o señalen medios de contacto erróneos o inexistentes, o bien, no los mantengan actualizados, se entenderá que se oponen a la notificación y la autoridad podrá notificarles conforme a lo indicado en el artículo 134, fracción III del CFF; es decir por estrados. 

En caso de que los contribuyentes omitan con lo dispuesto en esta norma, se aplicará la siguiente sanción 

Infracción

Multa

No habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto (art. 86-C, CFF)

De $3,080.00 a $9,250.00 (art. 86-D, CFF)

Es importante mencionar que de conformidad con el CFF este deber entró en vigor el 1o. de enero de 2020; sin embargo, en la RMISC 2020, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2020, se indicó en el artículo Cuadragésimo Séptimo Transitorio que esto será aplicable para las personas morales a partir del 31 de marzo de 2020 y para las físicas a partir del 30 de abril de 2020. 

Por otro lado, el 12 de mayo de 2020 se publicó en el DOF la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020”, en la que se modificó el artículo Cuadragésimo Séptimo Transitorio, para señalar que tanto la obligación mencionada como la imposición de la multa en caso de omisión será aplicable para las personas:

  • morales a partir del 30 de septiembre de 2020, y
  • físicas a partir del 30 de noviembre de 2020, salvo tratándose de asimilables a salarios con ingresos hasta de tres millones de pesos que debieron ya cumplir con la obligación

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