Qué es la economía de opción

Concepto que se debate entre una forma de ahorro lícito en el pago de impuestos o una práctica evasiva

 .  (Foto: iStock)

Mtro. Ernesto Sanciprian

Uno de los principios constitucionales de las contribuciones es la equidad, la cual a grandes rasgos implica que sujetos en circunstancias similares deben tener un trato fiscal equiparable; sin embargo, en la actualidad algunos contribuyentes buscan alternativas que los ubiquen en una posición fiscal favorable respecto a otros causantes en similitud de circunstancias; a lo que se le conoce como “economía de opción”.

La economía de opción deriva del principio de la autonomía de la voluntad, el cual radica básicamente en que las personas tienen plena libertad para realizar los actos jurídicos que estimen necesarios para la satisfacción de sus intereses.

En el ámbito tributario se traduce en que los contribuyentes pueden organizar sus actividades económicas conforme a las alternativas jurídicas que permiten los distintos ordenamientos jurídicos; pero se tiene que observar el contexto de la relación jurídico-tributaria, subrayando que la obligación tributaria tiene su origen en la Ley y, por ende, los contribuyentes no pueden modificar la obligación mediante pactos privados.

La “economía de opción” se le atribuye al jurista español José Larraz, quien señaló que: si bien dicha figura tiene en común con el fraude a la Ley: no contrariar la norma, la concordancia entre lo formalizado con la realidad (sin que se dé la simulación) y procurar un ahorro tributario, en esencia ambas figuras divergen pues la Economía de Opción no atenta al espíritu de la Ley, en tanto que el fraude a la Ley sí.

Bajo ese contexto se puede afirmar que la economía de opción es una alternativa de los contribuyentes para elegir un beneficio fiscal siempre con apego a las disposiciones tributarias.

Los elementos determinantes para que una economía de opción se genere en la práctica, son los siguientes: 

  • existencia de dos o más alternativas lícitas a elegir por el contribuyente
  • alternativas económicamente equivalentes en cuanto al resultado
  • que la opción elegida pueda explicarse solo por motivos económicas fiscales 

Así las cosas, la economía de opción es un instrumento totalmente lícito que puede ser explotado por los contribuyentes, a través de buscar alternativas que les permita un ahorro fiscal, siempre y cuando se apegue a la norma jurídica.

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