Anexo 1-A de la RMISC 2020 con ajuste al pago de derechos por minería
Conozca las fichas de trámite que regulan el cumplimiento de esta obligación
Fiscal Contable
Apenas el 11 de diciembre de 2020 se publicó en el DOF la cuarta modificación a la RMISC 2020 en la que se precisaron dos cambios, el primero correspondiente a la regla 2.11.2. referente a la forma de realizar el pago de derechos sobre minería; mientras que el segundo, en torno a la actualización de los días de vacaciones del SAT previstos en la regla 2.1.6. de la RMISC 2020.
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Referente al primer cambio, se estableció que la forma de pagar derechos es mediante las fichas de trámite siguientes:
- 2/Derechos “Declaración del Pago del Derecho sobre Minería”
- 3/Derechos “Declaración del Pago del Derecho Especial sobre Minería”, y
- 4/Derechos “Declaración del Pago del Derecho Adicional sobre Minería”
- 5/Derechos “Declaración del Pago del Derecho Extraordinario sobre Minería”
Por ello, el 14 de diciembre se publicaron en el DOF los “Anexos 1, 1-A y 23 de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada el 11 de diciembre de 2020”, que prevén cambios a los anexos 1 y 1-A referente a estas declaraciones.
De las fichas de trámite del anexo 1-A se destaca la forma de presentar las declaraciones, la cual es:
- ingresar al portal del SAT, y elegir el tipo de contribuyente
- seleccionar la opción “Declaraciones”, elegir la categoría “Declaraciones de Derechos, Productos y Aprovechamientos”
- capturar el RFC, contraseña o e.firma y seleccionar “Enviar”
- elegir debajo del nombre “Presentar Declaración”; seleccionar el periodo a declarar y el tipo de declaración; el programa mostrará el listado completo de obligaciones fiscales factibles a declarar; se deberá capturar los datos solicitados en los campos que se encuentran habilitados y el sistema realizará en forma automática los cálculos aritméticos
- concluir la captura, y seleccionar enviar para mandar la declaración utilizando el aplicativo para la presentación de las Declaraciones de los Derechos sobre Minería, a través del portal del SAT, y recibirá el acuse de recibo electrónico, el cual contendrá el número de operación, la fecha de presentación y el sello digital generado y seleccionar cerrar, para salir del aplicativo
- en caso de existir cantidad a pagar, el acuse de recibo electrónico incluirá el importe total a pagar, así como la línea de captura y fecha de vigencia a través de la cual podrá realizar el pago, y
- cubrir el importe a pagar por transferencia electrónica de fondos, mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de las instituciones de crédito autorizadas por la TESOFE publicadas en el portal del SAT, o por ventanilla bancaria