Anexos de la RMISC 2021

Conozca los principales cambios efectuados a estos anexos

 .  (Foto: iStock)

Mtro. Ernesto Sanciprian

Como ya es costumbre a inicio de cada año se publica en el DOF los anexos de la RMISC aplicables para el nuevo ejercicio fiscal, en esta ocasión fue el 11 de enero de 2020 cuando se dieron a conocer los “Anexos 3, 5, 7, 8, 11, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020”.

Algunos de los cambios con mayor trascendencia son los siguientes:

Anexo

Cambio

3

Criterios no vinculativo

En el se dan a conocer los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales; sin embargo, no existen cambios para el ejercicio 2021

5

Cantidades actualizadas establecidas en el CFF

 

Se actualiza la cantidad de ingresos para determinar los contribuyentes obligados a presentar la información sobre la situación fiscal en la declaración del ejercicio, de conformidad con la fracción I del artículo 32-H del CFF, pasando de 815,009,360.00 a $842,149,170.00.

También se actualizan las cantidades previstas en los numerales 80, 82, 84, 84-B, 84-D, 84-F, 84-H, 84-J, 84-L, 86, 86-B, 86-F,88 ,90 y 91 del CFF, referente a infracciones fiscales.

Se actualizan cantidades en los artículos 102, 104, 108, 112, 115 del CFF relacionadas con los delitos fiscales. 

Por último, se actualizan algunas cantidades del numeral 150 del CFF, relacionadas con los gastos de ejecución

7

Compilación de criterios normativos

En el se encuentran los criterios normativos de conformidad con los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF; los cuales no presentan cambios sustanciales

8

Tarifas

Como consecuencia de la inflación observada, se actualizan las tarifas para la determinación del ISR, el factor de actualización aplicado a las tarifas de 2020 fue de 1.1142

11

Catálogo de claves

Catálogo de claves sin modificaciones relevantes    

 

17

Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos

Sin modificaciones relevantes

25 y 25-Bis

Se trata del acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de cuentas reportables, sin cambios trascendentales

 

27

Hidrocarburos

 

Se publican las cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos.

Se indica en el numeral 45 que de la LIH que el asignatario estará obligado al pago mensual del derecho de exploración de hidrocarburos, por la parte del área de asignación que no se encuentre en la fase de producción, de conformidad con las siguientes cuotas

I. Durante los primeros 60 meses de vigencia de la Asignación

1,442.57 pesos por kilómetro cuadrado

II. A partir del mes 61 de vigencia de la Asignación y en adelante

3,449.63 pesos por kilómetro cuadrado

De igual forma el numeral 55 de dicho ordenamiento indica que el impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos se calculará mensualmente aplicando por cada kilómetro cuadrado que comprenda el área contractual o el área de asignación, las siguientes cuotas (Anexo 27), durante la fase de:

  • exploración 1,881.60 pesos
  • extracción 7,526.47 pesos

29

Anexo aplicable a los Proveedores de Certificación CFDI

 

Contiene las conductas que se configuran en incumplimientos de las especificaciones tecnológicas determinadas por el SAT, al enviar CFDI a dicho órgano desconcentrado a que se refieren los artículos 81, fracción XLIII y 82, fracción XL del CFF, dicho anexo contiene:

  •  carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos
  • características funcionales y servicios generales de la aplicación gratuita
  • especificaciones para la descarga y consulta de la Lista de Contribuyentes Obligados LCO y lista de RFC
  • validaciones adicionales en la certificación de facturas que se expidan al amparo del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte y del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza sur
  • reglas y lineamientos para operar en ambientes productivos
  • de las conductas que se configuran en incumplimientos de las especificaciones tecnológicas determinadas por el SAT, al enviar CFDI a dicho órgano desconcentrado a que se refieren los artículos 81, fracción XLIII y 82, fracción XL del CFF
  • validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica, y
  • lineamientos de uso gráfico del logotipo para proveedores autorizados de certificación de CFDI y requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos

 

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