Anexos de la RMISC 2021
Conozca los principales cambios efectuados a estos anexos
Fiscal Contable
Como ya es costumbre a inicio de cada año se publica en el DOF los anexos de la RMISC aplicables para el nuevo ejercicio fiscal, en esta ocasión fue el 11 de enero de 2020 cuando se dieron a conocer los “Anexos 3, 5, 7, 8, 11, 17, 25, 25-Bis, 27 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, publicada el 29 de diciembre de 2020”.
Algunos de los cambios con mayor trascendencia son los siguientes:
Anexo |
Cambio |
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3 Criterios no vinculativo |
En el se dan a conocer los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales; sin embargo, no existen cambios para el ejercicio 2021 |
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5 Cantidades actualizadas establecidas en el CFF
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Se actualiza la cantidad de ingresos para determinar los contribuyentes obligados a presentar la información sobre la situación fiscal en la declaración del ejercicio, de conformidad con la fracción I del artículo 32-H del CFF, pasando de 815,009,360.00 a $842,149,170.00. También se actualizan las cantidades previstas en los numerales 80, 82, 84, 84-B, 84-D, 84-F, 84-H, 84-J, 84-L, 86, 86-B, 86-F,88 ,90 y 91 del CFF, referente a infracciones fiscales. Se actualizan cantidades en los artículos 102, 104, 108, 112, 115 del CFF relacionadas con los delitos fiscales. Por último, se actualizan algunas cantidades del numeral 150 del CFF, relacionadas con los gastos de ejecución |
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7 Compilación de criterios normativos |
En el se encuentran los criterios normativos de conformidad con los artículos 33, penúltimo párrafo y 35 del CFF; los cuales no presentan cambios sustanciales |
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8 Tarifas |
Como consecuencia de la inflación observada, se actualizan las tarifas para la determinación del ISR, el factor de actualización aplicado a las tarifas de 2020 fue de 1.1142 |
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11 Catálogo de claves |
Catálogo de claves sin modificaciones relevantes
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17 Proveedores de Servicio Autorizado y los Órganos Certificadores de Juegos con Apuestas y Sorteos |
Sin modificaciones relevantes |
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25 y 25-Bis |
Se trata del acuerdo entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América Obligaciones generales y procedimientos de identificación y reporte de cuentas reportables, sin cambios trascendentales
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27 Hidrocarburos
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Se publican las cuotas actualizadas del Derecho de Exploración de Hidrocarburos. Se indica en el numeral 45 que de la LIH que el asignatario estará obligado al pago mensual del derecho de exploración de hidrocarburos, por la parte del área de asignación que no se encuentre en la fase de producción, de conformidad con las siguientes cuotas
De igual forma el numeral 55 de dicho ordenamiento indica que el impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos se calculará mensualmente aplicando por cada kilómetro cuadrado que comprenda el área contractual o el área de asignación, las siguientes cuotas (Anexo 27), durante la fase de:
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29 Anexo aplicable a los Proveedores de Certificación CFDI
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Contiene las conductas que se configuran en incumplimientos de las especificaciones tecnológicas determinadas por el SAT, al enviar CFDI a dicho órgano desconcentrado a que se refieren los artículos 81, fracción XLIII y 82, fracción XL del CFF, dicho anexo contiene:
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