Es importante que los contribuyentes que son parte de un juicio contencioso administrativo, mejor conocido como juicio de nulidad, conozcan en qué momento se considera que una sentencia definitiva ha quedado firme.
Se entiende por sentencia, la culminación del proceso, con la cual se concluye el juicio, en la que el juzgador define los derechos y las obligaciones de las partes contendientes.
El artículo 53 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), señala que la sentencia queda firme cuando:
- no admite en su contra recurso o juicio
- admitida recurso o juicio, no fuese impugnada, o cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate hubiese sido desechado o sobreseído o resultado infundado, y
- sea consentida expresamente por las partes o sus representantes legítimos
A partir de que quede firme una sentencia y cause ejecutoria, correrán los plazos para el cumplimiento; es decir, para realizar determinado acto o iniciar un procedimiento. Cuatro meses tratándose del juicio ordinario o un mes en caso de un juicio sumario.