Primera versión de la 2a. modificación a la RMISC 2021

El SAT da a conocer otro ajuste a la RMISC 2021 en portal

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 .  (Foto: iStock)

Un día después de la publicación en el DOF de la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021”, el SAT amenaza con otro ajuste a dicho ordenamiento.

Así las cosas, el 4 de mayo de 2021, se dio a conocer en el portal del SAT la primera versión anticipada de la “Segunda resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea fiscal para 2021 y su Anexo 1-A”.

Dicho ajuste solo contempla un cambio en la regla 3.10.10. de rubro “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, el cual consiste en señalar que las organizaciones civiles y fideicomisos que contaron con autorización para recibir donativos deducibles del ISR y omitieron presentar los informes de transparencia de ejercicios fiscales anteriores a 2020, podrán dar cumplimiento a las obligaciones omitidas, de conformidad con la ficha de trámite 156/ISR “Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, de ejercicios anteriores a 2020”, contenida en el Anexo 1-A.

Asimismo, se prevé que las personas morales con fines no lucrativos o los fideicomisos a los que se les haya revocado la autorización, así como aquellas cuya autorización haya sido cancelada, o que presenten aviso de liquidación, cambio de residencia o suspensión de actividades, deberán poner a disposición del público en general la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos correspondiente al ejercicio fiscal 2021, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del oficio de revocación o cancelación, de conformidad con la ficha de trámite 19/ISR “Declaración Informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida en el Anexo 1-A.

Cabe destacar que esta última modificación ya estaba comprendida en la versión anterior de la RMISC 2021; sin embargo, no se consideraba el plazo que tenían las organizaciones para cumplir con dicha obligación.

Otro cambio que va de la mano con el realizado a la RMISC 2021, es el sufrido por la ficha de trámite 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, en el Anexo 1-A.

Esto solo adecúa la ficha de trámite a lo dispuesto en la regla 3.10.10.