Anexos de primera modificación a la RMISC 2021
Conozca los principales cambios efectuados a estos a los Anexos 1-A, 3, 9, 11, 14, 15 y 29
Fiscal Contable
Derivado de la publicación en el DOF el 3 de mayo de 2021 de la primera modificación a la RMISC 2021, este 10 de mayo se publicaron por el mismo medio las modificaciones a los Anexos 1-A, 3, 9, 11, 14, 15 y 29.
Algunos de los cambios con mayor trascendencia son los siguientes:
Anexo |
Ajustes |
1-A |
Algunos de los cambios son:
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3 |
Se oficializa el criterio no vinculativo “2/CFF/NV Revelación de esquemas reportables generalizados. Hacer aparentar que tienen el carácter de esquemas reportables personalizados, es contrario a lo establecido por las disposiciones legales aplicables”, el cual señala algunas prácticas fiscales indebidas realizadas por los asesores fiscales al cambiar la naturaleza del tipo de esquema reportable |
9 |
Se ajusta la tabla a que se refiere la regla 3.15.1. de la RMISC 2021, para la opción de actualización de deducciones que señala el artículo 121 de la LISR respecto a las personas físicas que obtengan ingresos por la enajenación de inmuebles |
11 |
Se actualizan las claves de marcas de tabacos labrados |
14 |
Se da a conocer la información generada desde el 04 de diciembre de 2020 hasta el 11 de marzo de 2021, respecto al listado de organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR |
15 |
Se actualiza el código de claves vehiculares del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) |
29 |
Actualización de los documentos normativos técnicos adicionales al Anexo 20, que deben observar los PCCFDI, y los supuestos de infracción que pueden cometer los mismos proveedores |