Separación de socios

El artículo 78 de la LISR, detalla el procedimiento que deben realizar los contribuyentes que efectúen una reducción de capital

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 .  (Foto: iStock)

Nuestra empresa se constituyó con cuatro accionistas, y unos años después se incorporaron dos nuevos, pagando una suscripción por la adquisición d acciones. Actualmente, tres de los socios iniciales han decidido separarse, para lo que han acordado con los demás, que no ingresarán nuevos accionistas, ni se repartirán las acciones entre los que deciden permanecer, por lo que se realizó una reducción de capital para su separación en septiembre 2021 y deseamos conocer el tratamiento fiscal que debimos seguir.

El artículo 78 de la LISR, detalla el procedimiento que deben realizar los contribuyentes que efectúen una reducción de capital, de la cual puede derivar el pago del  ISR, en caso de determinar que hay una distribución de dividendos en el reembolso de capital que se efectúe a los accionistas por su separación.

Suponiendo que una empresa se constituyó en de julio de 2016 conforme a los siguientes datos:


Accionista

Capital

Valor nominal de las acciones

Número de acciones emitidas

Pedro Carranza López

$1,254,800.00

100

12,548

Pamela Pérez Fonseca

1,654,800.00

100

16,548

David Báez Negrete

1,465,100.00

100

14,651

Javier Torres García

1,548,000.00

100

15,480

Total

$5,922,700.00

 

59,227


Si en septiembre 2021, se separaron dos de estos accionistas, el procedimiento aplicable es el siguiente:

Conforme a la fracción I, del artículo 78, LISR, se obtiene la CUCA por acción, actualizándola desde la última vez que se realizó y hasta la fecha del reembolso.

CUCA a septiembre 2021

 

Concepto

Importe

 

CUCA a diciembre 2020

$9,654,400.00

Por:

Factor de actualización

1.0487

Igual:

CUCA a septiembre 2021

$10,124,569.28

Factor de actualización 

 

Concepto

Importe

 

INPC del mes del reembolso (septiembre 2021)

114.6010

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2020)

109.2710

Igual:

Factor de actualización

1.0487


CUCA por acción

 

Concepto

Importe

 

CUCA a septiembre 2021

$10,124,569.28

Entre:

Número total de acciones a la fecha del reembolso

59,227

Igual:

CUCA por acción

$170.95


Utilidad distribuida conforme  a la fracción I del artículo 78 de la LISR

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

Reembolso por acción

$200.00

$200.00

Menos:

CUCA por acción

170.95

170.95

Igual:

Excedente

29.05

29.05

Por:

Acciones a reembolsar

12,548

16,548

Igual:

Utilidad distribuida conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR

$364,580.07

$480,799.41


CUFIN a septiembre 2021

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a diciembre 2020

$265,480.00

Por:

Factor de actualización

1.0487

Igual:

CUFIN a septiembre 2021

$278,408.88

Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del mes del reembolso (septiembre 2021)

114.6010

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (diciembre 2020)

109.2710

Igual:

Factor de actualización

1.0487


CUFIN por acción

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a septiembre 2021

$278,408.88

Entre:

Número total de acciones a la fecha del reembolso

59,227

Igual:

CUFIN por acción

$4.70


CUFIN correspondiente a las acciones a reembolsar

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

Total

 

CUFIN por acción

$4.70

$4.70

$9.40

Por:

Acciones a reembolsar

12,548

16,548

29,096

Igual:

CUFIN correspondiente a las acciones a reembolsar

$58,975.60

$77,775.60

$136,751.20


Utilidad distribuida gravada conforme a la fracción I del artículo 78 de la LISR

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

Total

 

Utilidad distribuida conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR

$364,580.07

$480,799.41

$845,379.48

Menos:

CUFIN correspondiente a las acciones a reembolsar

58,975.60

77,775.60

136,751.20

Igual:

Utilidad distribuida gravada conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR

$305,604.47

$403,023.81

$708,628.28


Utilidad distribuida gravada no proveniente de CUFIN

 

Concepto

Importe

 

Utilidad distribuida conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR

$845,379.48

Menos:

Importe proveniente de la CUFIN

136,751.20

Igual:

Utilidad distribuida gravada conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR, no proveniente de CUFIN

$708,628.28

CUFIN a septiembre de 2021 después de disminuirle la utilidad de la fracción I del artículo 78 de la LISR

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a septiembre 2021

$278,408.88

Menos:

CUFIN aplicada contra la utilidad de la fracción I

136,751.20

Igual:

CUFIN a septiembre 2021 después de disminuirle la utilidad de la fracción I

$141,657.68


Aplicación de la fracción II del artículo 78 de la LISR

Este ordenamiento establece que adicionalmente se considera la reducción como utilidad distribuida hasta por la cantidad que resulte de restar al capital contable según el estado de posición financiera aprobado por la asamblea de accionistas para tales fines, el saldo de la CUCA a la misma fecha cuando este sea menor.


Reembolso

 

Concepto

Importe

 

Reembolso por acción

$200.00

Por:

Número total de acciones a reembolsar

29,096.00

Igual:

Reembolso

$5,819,200.00


Monto máximo a considerar como utilidad distribuida por reducción de capital

 

Concepto

Importe

 

Capital contable actualizado conforme a las NIF

$11,650,154.00

Menos:

CUCA a septiembre 2021

10,124,569.28

Igual:

Monto máximo a considerar como utilidad distribuida por reducción de capital

$1,525,584.72


Como el reembolso supera al monto determinado, a este último se le disminuye la utilidad distribuida de la fracción I y el resultado es la utilidad distribuida gravable de la fracción II.

Utilidad distribuida de la fracción II del artículo 78 de la LISR

 

Concepto

Importe

 

Monto máximo a considerar como utilidad distribuida por reducción de capital

$1,525,584.72

Menos:

Utilidad distribuida gravable del segundo párrafo, fracción I del artículo 78 de la LISR

845,379.48

Igual:

Utilidad distribuida de la fracción II del artículo 78 de la LISR

$680,205.24


Así, el contribuyente pagará el impuesto por la utilidad distribuida gravada conforme a ambas fracciones del artículo 78 de la LISR, para lo cual, se obtiene la siguiente base:

ISR correspondiente a la utilidad

 

Concepto

Importe

 

Utilidad distribuida gravada conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR, no proveniente de CUFIN

$708,628.28

Más:

Utilidad distribuida gravable de la fracción II del artículo 78 de la LISR, no proveniente de CUFIN

680,205.24

Igual:

Utilidad distribuida gravada conforme a las fracciones I y II, del artículo 78 de la LISR, no proveniente de CUFIN

$1,388,833.52

Por:

Factor

1.4286

Igual:

Utilidad con ISR

$1,984,087.57

Por:

Tasa del ISR

30 %

Igual:

ISR correspondiente a la utilidad

$595,226.27


ISR a cargo por reducción de capital

 

Concepto

Importe

 

Utilidad distribuida gravada conforme a las fracciones I y II, del artículo 78 de la LISR, no proveniente de CUFIN

$1,388,833.52

Más:

ISR correspondiente a la utilidad

595,226.27

Igual:

Utilidad distribuida gravada conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR, con el ISR

$1,984,059.79

Por:

Tasa del ISR

30 %

Igual:

ISR a cargo por reducción de capital

$595,217.94


El ISR podrá acreditarse contra el ISR del mismo ejercicio en el que se pague, o contra el ISR del ejercicio o de los pagos provisionales de los dos ejercicios siguientes (art. 10, fracc. I, LISR).

ISR a cargo (favor) del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Ingresos acumulables

$23,654,050.00

Menos:

Deducciones autorizadas

14,650,400.00

Igual:

Utilidad fiscal

$9,003,650.00

Menos:

Pérdidas por amortizar

0.00

Igual:

Resultado fiscal

$9,003,650.00

Por:

Tasa

30 %

Igual:

ISR del ejercicio 2018

$2,701,095.00

Menos:

ISR a cargo por reducción de capital acreditable

595,217.94

Igual:

ISR a cargo

$2,105,877.06

Menos:

Pagos provisionales

1,878,900.00

Igual:

ISR a cargo (favor) del ejercicio

$226,977.06


Cuando se efectúe el acreditamiento del ISR pagado por la distribución de las utilidades, debe disminuirse de la UFIN del ejercicio.

UFIN del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

Resultado fiscal

$9,003,650.00

Menos:

ISR del ejercicio 2018

2,701,095.00

Menos:

Partidas no deducibles del artículo 28 de la LISR

30,154.00

Igual:

UFIN del ejercicio

$6,272,401.00

Monto a disminuir de la  UFIN del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

ISR a cargo por reducción de capital acreditable

$595,217.94

Entre:

Factor

0.4286

Igual:

Monto a disminuir de la UFIN del ejercicio

$1,388,749.28


UFIN neta del ejercicio

 

Concepto

Importe

 

UFIN del ejercicio

$6,272,401.00

Menos:

Monto a disminuir de la UFIN del ejercicio

1,388,749.28

Igual:

UFIN neta del ejercicio

$4,883,651.72


Con esto, la CUFIN al cierre del ejercicio en el que se realizó el rembolso y se acreditó el ISR pagado por la persona moral es:

CUFIN a septiembre 2021

 

Concepto

Importe

 

CUFIN a febrero 2018 después de disminuirle la utilidad de la fracción II

$141,657.68

Por:

Factor de actualización

1.0096

Igual:

CUFIN actualizada

$143,017.59

Más:

UFIN neta del ejercicio

4,883,651.72

Igual:

CUFIN a septiembre 2021

$5,026,669.31


Factor de actualización

 

Concepto

Importe

 

INPC del periodo (diciembre 2021) (1)

115.712

Entre:

INPC del mes en que se actualizó por última vez (septiembre 2021)

114.601

Igual:

Factor de actualización

1.0096

Nota: (1) Dato estimado


Así, los accionistas que se separan, consideran la utilidad determinada como distribuida como un ingreso acumulable en su declaración anual del ejercicio como sigue:

Utilidad por acción

 

Concepto

Importe

 

Utilidad distribuida conforme a la fracción I, del artículo 78 de la LISR

$845,379.48

Más.

Utilidad distribuida de la fracción II del artículo 78 de la LISR

680,205.24

Igual:

Utilidad distribuida conforme a las fracciones I y II, del artículo 78 de la LISR

1,525,584.72

Entre:

Número de acciones reembolsadas

29,096

Igual:

Utilidad por acción

$52.43

Utilidad distribuida para cada ejercicio

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

Utilidad por acción

$52.43

$52.43

Por:

Acciones a reembolsar

12,548

16,548

Igual:

Utilidad distribuida para cada accionista

$657,891.64

$867,611.64


ISR correspondiente a la utilidad

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

Utilidad distribuida para cada accionista

$657,891.64

$867,611.64

Por:

Factor

1.4286

1.4286

Igual:

Utilidad con ISR

$939,864.00

$1,239,469.99

Por:

Tasa del ISR

30 %

30 %

Igual:

ISR correspondiente a la utilidad

$281,959.20

$371,841.00


ISR a pagar (favor) en la declaración anual 

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

Utilidad distribuida para cada accionista

$657,891.64

$867,611.64

Más:

ISR correspondiente a la utilidad

281,959.20

371,841.00

Igual:

Base gravable

$939,850.84

$1,239,452.64

Menos:

Límite inferior

510,451.01

974,535.04

Igual:

Excedente del límite inferior

$429,399.83

$264,917.60

Por:

Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior

30 %

32 %

Igual:

Impuesto marginal

$128,819.95

$84,773.63

Más:

Cuota fija

95,768.74

234,993.95

Igual:

ISR del ejercicio

$224,588.69

$319,767.58

Menos:

ISR correspondiente a la utilidad

281,959.20

371,841.00

Igual:

ISR a pagar (favor) en la declaración anual

($57,370.51)

($52,073.42)


Adicionalmente, las personas físicas están sujetas a una retención del 10 % sobre el monto del dividendo o utilidad distribuida, la cual tiene el carácter de pago definitivo (art. 140, LISR).

ISR retenido (definitivo) por distribución de utilidades

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

Utilidad distribuida para cada accionista

$657,891.64

$867,611.64

Por:

Tasa de retención

10 %

10 %

Igual:

ISR retenido (definitivo) por distribución de utilidades

$65,789.16

$86,761.16


Así, la carga fiscal a cargo de los accionistas se integrará por el ISR sobre los ingresos acumulables por las utilidades distribuidas, así como la retención del 10 %.


Total de ISR a cargo del accionista

 

Concepto

Pedro Carranza López

Pamela Pérez Fonseca

 

ISR a pagar (favor) en la declaración anual

($57,370.51)

($52,073.42)

Más:

ISR retenido (definitivo) por distribución de utilidades

65,789.16

86,761.16

Igual:

Total del ISR a cargo del accionista

$8,418.65

$34,687.74