Cómo se maneja fiscalmente la asociación en participación

Cómo se maneja fiscalmente la asociación en participación

Conozca las características principales de un contrato de asociación en participación en materia fiscal
El numeral 17-B del CFF define a la asociación en participación (A en P) como el conjunto de personas que realizan actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio, siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o pérdidas, derivadas de dicha actividad.
El asociante es quien realiza las actividades empresariales y los asociados solo aportan bienes o servicios a ella.
Aunque su naturaleza jurídica es la de un contrato, solo para efectos fiscales tiene personalidad jurídica cuando:
En consecuencia, cuando en las leyes fiscales se haga referencia a una persona moral, debe entenderse comprendida a la A en P, por lo que está obligada a cumplir con sus obligaciones fiscales en términos del Título II de la LISR, y deben: