Cuándo causa ejecutoria una sentencia

Conozca a partir de qué momento se considera que se causa ejecutoria dentro de dicho proceso conforme a la legislación

 .  (Foto: Cortesía IMSS)

Victoria Osnaya

Los artículos 52 fracción IV, segundo párrafo y 57 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), establecen que si la sentencia obliga a la autoridad a realizar determinado acto o iniciar un procedimiento deberá hacerlo en el plazo de cuatro meses tratándose del juicio ordinario, o de un mes en el juicio sumario, contados a partir de que la misma quede firme.

Por su parte, el precepto 53 de la ley en comento, señala que la sentencia definitiva queda firme cuando:

  • no admita en su contra recurso o juicio
  • admitiendo recurso o juicio, no fuere impugnada, o cuando habiéndolo sido, el recurso o juicio que se trate hubiera sido desechado, sobreseído o infundado, o
  • sea consentida expresamente por las o sus representantes legítimos

Asimismo, dicho artículo dispone que a partir de que quede firme la sentencia y cause ejecutoria, correrán los plazos para el cumplimiento de la misma; sin embargo, la LFPCA no contempla cuándo causa ejecutoria una sentencia, por lo que resulta aplicable supletoriamente lo previsto en el artículo 356 del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC).

Sobre el particular, recientemente la Sala Superior el Tribunal Federal de Justicia Administrativa precisó que una sentencia causa ejecutoria:

  • a partir que se haya cumplido con alguno de los supuestos enlistados o no se admita ningún recurso
  • cuando:
    • admitiendo algún recurso, no fuere recurrida, o habiéndolo sido, se haya declarado desierto el medio interpuesto, o haya desistido el recurrente de él, o
    • se haya consentido expresamente por las partes, sus representantes legítimos o sus mandatarios con poder bastante conforme al artículo 356 del CFPC.

El rubro del precedente de la Sala Superior en comento es: ARTÍCULO 356 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. RESULTA APLICABLE SUPLETORIAMENTE A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A FIN DE DETERMINAR EL MOMENTO EN QUE EL FALLO CAUSA EJECUTORIA., dada a conocer en la Revista del TFJA. Octava época, Año VI, Núm. 55, pp. 209-210,  VIII-P-1aS-826, Precedentes de la Sala Superior, junio 2021.

Así las cosas, en nuestra opinión, es importante que los contribuyentes tengan presente la fecha en que causa ejecutoria la sentencia del procedimiento administrativo, ya que a partir de ese momento la autoridad estaría obligada a dar cumplimiento dentro del plazo establecido, ya que de lo contrario estaría perjudicando la esfera jurídica de aquellos.

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