Por qué causas pueden excusarse los magistrados del TFJA

Conozca en qué casos los magistrados de este tribunal no deben conocer o resolver un juicio de nulidad
De conformidad con el artículo 10 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), los magistrados del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), estarán impedidos de conocer de un juicio contencioso administrativo (juicio de nulidad), cuando:
Los supuestos señalados, aplican de la misma manera para los servidores públicos que se desempeñan como peritos dentro del tribunal.
Los magistrados deben excusarse del conocimiento de los negocios en que ocurra alguno de los impedimentos descritos, expresando concretamente en qué consiste el impedimento y con ello el presidente de la sección o de la sala regional turnará el asunto al presidente del tribunal, a fin de que la misma sea calificada.