Organizaciones con fines no lucrativos, ¿al régimen simplificado de confianza?

Esta disposición no limita de ninguna manera los apoyos que reciben los contribuyentes del sector primario de apoyos gubernamentales

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 .  (Foto: iStock)
El SAT se encuentra en proceso de diseñar una facilidad administrativa con la intención  de incorporar al Régimen Simplificado de Confianza a aquellos contribuyentes que formen parte de una organización con fines no lucrativos  (Uniones de Crédito, Sociedades Cooperativas, Fondos de Aseguramiento,  Sociedades de Producción Rural, Asociaciones Agrícolas o Ganaderas, entre otras). 

De acuerdo con el organismo, de lograrse lo anterior, podrían incorporarse los 38,357 contribuyentes  que forman parte de dichas organizaciones.  

Recordemos que en este nuevo esquema de tributación se incorporarán a el Régimen de  Actividades Empresariales y Profesionales, en el Régimen de Incorporación  Fiscal, en el Régimen de Arrendamiento o en el de Actividades Agrícolas,  Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas. 


"Los miembros de este sector que se incorporen al Régimen Simplificado de  Confianza no tendrán que preocuparse por deducir todos aquellos gastos que su  actual régimen les permite, pero sí obtendrán el máximo de beneficios como si  lo hubieran hecho. Además, el SAT les brindará su declaración prellenada para  realizar su pago y con ello, no necesitarán de tercera persona especialista (contador o despacho contable) para realizar su propia declaración", destacó el SAT. 

Aunado a lo anterior, en el Régimen Simplificado de Confianza se mantienen  facilidades administrativas tales como la retención de 4% de ISR, dado que este  régimen es independiente al esquema de sueldos y salarios. Asimismo,  permanece la devolución del IESPS pagado en la adquisición de diésel, y  tratándose de los gastos menores que no hayan sido facturados se compensan  con las nuevas tasas previstas. 

Por otro lado, el órgano fiscalizador aclaró que esta disposición no limita de ninguna manera los apoyos que reciben los  contribuyentes del sector primario de apoyos gubernamentales económicos  (presupuestales no fiscales) dado que su naturaleza jurídica no es tributaria.