Entre los trámites que el SAT pone a disposición de los contribuyentes a través de su página de Internet, está la presentación del medio de defensa llamado recurso de revocación, con el que ya no es necesario apersonarse en dicha institución.
Los contribuyentes que deseen utilizar esta modalidad para presentar dicho recurso, es importante que consideren que todo el procedimiento debe seguirse así desde el escrito inicial hasta su conclusión.
A continuación, los pasos que deben seguir si optan por utilizar los medios electrónicos para presentar el recurso en comento:
1. Ingresar a la página principal del SAT, y dar clic en el apartado Buzón Tributario para efecto de poder iniciar con el procedimiento.
2. En la pantalla desplegada se muestran las opciones con que cuenta el interesado para ingresar al (Buzón Tributario), ya sea con la contraseña o con la e.firma, capturando adicionalmente el código captcha
3. Se dará clic en el apartado de Otros trámites y Servicios, y en el menú seleccionar el apartado Recurso de revocación, consultas y autorizaciones en línea, para posteriormente adentrarse al rubro Presenta el recurso de revocación contra actos o resoluciones emitidas por la autoridad fiscal
4. Desplegada la información sobre esta gestión, se debe dar clic en el botón INICIAR, para proceder con la presentación del recurso de revocación
5. Es necesario aceptar los términos y condiciones para continuar con el procedimiento
6. El promovente debe capturar la información correspondiente, como RFC, domicilio y seleccionar la autoridad emisora de la resolución a impugnar
7. Debe elegir los documentos que formarán parte de su recurso de revocación
8. Conforme al Paso 3, el contribuyente debe adjuntar la documentación que precisó con la posibilidad de que la autoridad requiera los originales.
Se firma la promoción y se tendrá por presentado el recurso de revocación, bajo la modalidad en línea, y las consecuentes actuaciones se notificaron y se atenderán bajo la misma vía hasta que se obtenga la resolución correspondiente
Como se observa la utilidad de este servicio radica en que una vez presentado el recurso, el promovente obtendrá una resolución, sin la necesidad de apersonarse ante la autoridad competente.