Cambios en el RISAT en materia de aduanas

Principales cambios en este ordenamiento debido al reglamento de la ANAM

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 .  (Foto: Getty)

Debido a la publicación del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), el Reglamento Interior del SAT, sufrió algunas modificaciones en materia de aduanas, entre las que destacan:

  • para el ejercicio de las atribuciones en materia aduanera que le otorgan las disposiciones jurídicas aplicables, el SAT contará con el auxilio de la ANAM, de conformidad con lo establecido en el reglamento interior de dicho órgano administrativo desconcentrado
    • de las unidades administrativas con las que cuenta el SAT
    • eliminación de la Administración General de Aduanas (AGA)
    • cambio del nombre de la Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior y Aduanal a Administración Central de Normatividad en Comercio Exterior
    • se modifica el nombre de Administración Central de Estudios Tributarios y Aduaneros a Administración Central de Estudios Tributarios
    • se elimina la unidad de aduanas
  • se cambia la redacción para eliminar la unidad administrativa de aduanas, así como sus atribuciones en los distintos ordenamientos del RISAT
  • se ajusta la redacción de algunos ordenamientos para otorgar diversas atribuciones al SAT en materia de comercio exterior, entre otras:
    • para solicitar opinión a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sobre la interpretación de las disposiciones fiscales y en materia de comercio exterior
    • informar respecto de las infracciones a las leyes fiscales y aduaneras, así como de comercio exterior detectadas en el ejercicio de sus facultades
    • dejar sin efectos sus propias resoluciones cuando se hayan emitido en contravención a las disposiciones fiscales y aduaneras, así como de comercio exterior
    • cambiar la referencia de “disposiciones aduaneras” a “de comercio exterior”
  • se deroga el capítulo IV “De la Administración General de Aduanas”

El nuevo reglamento de la ANAM tiene por objeto establecer normas y atribuciones de este órgano administrativo desconcentrado de la SHCP; dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, con carácter de autoridad aduanera y fiscal respecto de los ingresos federales aduaneros, con atribuciones para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.

Le invitamos a la lectura del apartado de comercio exterior en esta misma edición, donde se abordan algunos puntos básicos del nuevo reglamento de la ANAM.