Mes a mes durante 2021, cada contribuyente, Persona Física con Actividad Empresarial o Profesional o Persona Moral, debió ir documentando y recuperando los comprobantes fiscales que ampararán la totalidad de sus deducciones del ejercicio y ahora que estamos cerca del cumplimiento con la declaración anual, es importante analizar si aprovechamos al máximo la deducción, indicó TIP México.
La firma detalló que algunas deducciones a las que puedes acceder como persona moral, física con actividad empresarial o profesional son: donativos (con un tope del 7% de la utilidad fiscal de tu empresa), gastos por la compra de mercancía y todo lo que se requiere para la operación de tu empresa, desde el arrendamiento o compra de muebles, bienes, autos, maquinaria tecnología, entre otros.
Aclaró que toda erogación realizada, incluyendo cualquier gasto o inversión, deberá estar amparada por un comprobante fiscal que cumpla con los requisitos del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, ya que, de no realizarse, cada contribuyente estaría perdiendo el 30% del valor de cada erogación.
¿Cómo deducir más?
Pongamos un ejemplo, al realizar una adquisición de un bien como un vehículo, ya sea a través de la compra al contado o a crédito; ésta se clasifica como una inversión en activo fijo, la cual se declara como deducción de inversiones, y se deprecia a razón del 25% anual. El monto máximo deducible es de $175,000.00, es decir, si el automóvil vale más de ese monto, la diferencia es NO deducible.
El cálculo anual del Impuesto Sobre la Renta ISR considera, entre otros aspectos, el valor de tus activos fijos. Al pasar de los años, el valor del bien disminuye (se deprecia), y con ello disminuye el cálculo y pago del ISR, lo cual se verá reflejado en la declaración anual ante el SAT.
En el caso particular de las pick ups, definidas por la ley como vehículos con aspecto de todoterreno con caja trasera descubierta para transportar objetos, son consideradas como vehículos de trabajo. Consecuentemente, su valor deducible es del 100%, depreciable a razón del 25% anual.
Sin embargo, esta ventaja fiscal es mucho menor, comparada con la que puede ofrecerte el arrendamiento de vehículos, camiones o flotillas. El arrendamiento es la renta de un bien por determinado tiempo, con la opción de compra al finalizar el contrato, o bien, la renovación de éste.
Así que iniciemos definiendo los tipos de arrendamiento y sus beneficios. En el arrendamiento financiero, el arrendador traspasa el derecho a usar un bien a un arrendatario, a cambio del pago de rentas durante un plazo determinado, al término del cual el arrendatario tiene la opción de comprar el bien, pagando un precio determinado (valor residual); lo que permite registrar los bienes como activos fijos bajo el amparo de las leyes del ISR e IVA y deducir únicamente la totalidad de los intereses como un gasto financiero.
Al arrendamiento financiero se le debe de dar tratamiento como deducción de inversiones. La deducción de inversiones es otro tipo de requisito en el que el tope máximo para poder deducir el equipo es de $175,000 pesos, para vehículos de combustión interna, y de $250,000 pesos, para un vehículo híbrido o eléctrico.
En comparación, el arrendamiento puro, también conocido como leasing, es un contrato donde los pagos mensuales suelen ser notablemente más bajos que en un crédito, pues únicamente se paga por el uso del vehículo durante el periodo que dure el contrato. El monto mensual por concepto de renta puede ser hasta 100% deducible de impuestos.
La diferencia principal es que, mientras que el arrendamiento financiero solo nos permite deducir los intereses reales del monto a pagar así como la depreciación del activo, el arrendamiento puro sí permite deducir los pagos en su totalidad, ayudando a reducir la carga fiscal.
Bajo este esquema, se tiene un tope de $200 pesos diarios para vehículos de combustión interna y de $285 pesos para eléctricos e híbridos.
“Adquirirlos por vía arrendamiento puro siempre dará un mejor beneficio porque tiene un mayor tope para poder ser deducible, así como sus gastos alrededor, tales como asesoría legal, administración de mantenimiento, seguro vehicular y rastreo satelital. En cambio, cuando se trata de arrendamiento financiero, sí está ligado a los topes de deducibilidad que corresponda para deducción de inversiones”, comenta César Jacintos, Director de Impuestos de TIP México.
Ahora bien, contratar el arrendamiento con una arrendadora que además sea administradora de flota, logrará maximizar la deducción, al hacer que todos los servicios inherentes al uso del vehículo sean 100% deducibles. Una poderosa razón para considerar esta opción en tus operaciones.
Utilizar herramientas financieras es de gran ayuda, en especial en esta época en que la economía necesita una mayor liquidez para enfocarse en las operaciones diarias.