El SAT reportó que durante las primeras dos semanas de la presentación de la declaración anual de personas físicas 2021 se ha registrado un gran número de quejas por robo de contraseñas y e.firma, por parte de terceras personas que cobran la devolución de saldos a favor por medio de cuentas bancarias falsas.
El organismo fiscalizador precisó que estas personas presentan la declaración con la finalidad de solicitar la devolución de los saldos a favor del ISR con el registro de cuentas bancarias distintas a las de los contribuyentes titulares de los medios de autenticación, aperturadas principalmente en BBVA, Banco Afirme y Banco Azteca.
¿Qué hago si me robaron mi contraseña o e firma?
Además de recordar a los contribuyentes que no deben compartir con terceras personas sus medios de autenticación como son la Contraseña o los archivos de su firma electrónica (e.firma), la dependencia detalló los pasos en caso de haber sido víctima del robo de información.
El SAT indicó que es necesario presentar la queja o denuncia al:
- 558-852-2222.
- Desde el extranjero: +52 558 852 2222 (Quejas y denuncias)
- denuncias@sat.gob.mx
- En el Portal del SAT: https://sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-denuncia
- Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT.
Asimismo, el contribuyente tendrá que generar o renovar su contraseña en el siguiente enlace:
Y renovar el certificado de su firma electrónica en este link:
- https://www.sat.gob.mx/tramites/63992/renueva-el-certificado-de-tu-e.firma-(antes-firma-electronica)
De igual forma, deberán presentar su declaración complementaria a más tardar 48 horas después de que hayan presentado la primera declaración, a fin de que el SAT esté en posibilidad de detener la transferencia de la devolución a la cuenta desconocida, ya que una vez enviada la instrucción al banco, será irreversible el traspaso.
En concreto la declaración complementaria tiene que ser del tipo “Dejar sin efecto declaración” y posteriormente presentar una declaración complementaria de tipo “Declaración no presentada”, así como su trámite de devolución vía el Formato Electrónico de Devoluciones.
¿Y si la devolución ya fue efectuada?
El contribuyente debe presentar la denuncia correspondiente ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), dado que solo se pudo haber efectuado la devolución automática si el nombre del titular de la cuenta coincide con el nombre del contribuyente, por lo cual, se presume que sus datos fueron utilizados para crear una cuenta bancaria sin su autorización.