¿Qué puedes deducir en la anual?

Estas deducciones personales tienen un límite para disminuirse de los ingresos acumulables

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 .  (Foto: iStock)

Este mes las personas físicas deben presentar su declaración anual como parte de las obligaciones fiscales que establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, en la cual puedes deducir ciertos gastos. 

Al respecto, Aspel compartió un listado de aquellas deducciones personales que pueden disminuirse de tus ingresos acumulables en tu declaración este año:

  • Salud. Son los gastos que por bienestar físico para ti e integrantes de tu familia, como padres, hijos, nietos, abuelos y cónyuge o concubino/a se hayan generado. Es necesario que sean otorgados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades competentes.

Dentro de esta sección existen gastos que deben pagarse con cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, débito o de servicios. Si el pago se hace en efectivo la deducción no es válida. Estos son: 
    • Análisis, estudios clínicos
    • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente
    • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales
    • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales
    • Honorarios a enfermeras
    • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición
    • Prótesis
    • Primas por seguro de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social
    • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
  • Educación. Se consideran las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
    • Preescolar: 14,200
    • Primaria: 12,900
    • Secundaria: 19,900
    • Profesional técnico:17,100
    • Bachillerato o su equivalente: 24,500
    • El transporte escolar también es deducible, siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos
El pago de estos gastos debe realizarse con cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, débito o de servicios. Si el pago fue en efectivo, no es válido. También considera que para hacer efectiva la deducción necesitas tener el comprobante de pago correspondiente.
  • Otros. Son aquellas deducciones relacionadas con donativos, gastos funerarios, créditos hipotecarios, etc. A continuación, te compartimos más detalles:
    • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos. Podrás realizarlos con cualquier método de pago y debes conservar la factura. Estos solo serán deducibles el año en que sean utilizados
    • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de 750,000 unidades de inversión
    • Donativos otorgados a asociaciones autorizadas para recibir donativos
    • Aportaciones complementarias para el retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de Afore
    • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%


La firma aclaró que estas deducciones personales tienen un límite para disminuirse de los ingresos acumulables; éstas no podrán exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) elevadas al año o el 15% del total de los ingresos obtenidos en el ejercicio: el importe que resulte menor —sin considerar para estos límites los gastos médicos por incapacidad y discapacidad—, donativos (que a partir del 2022 se considerarán dentro del límite), aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro y colegiaturas.

“Conocer qué deducciones personales puedes aplicar al realizar tu declaración anual, te ayudará a optimizar el pago de tus impuestos anuales y, eventualmente, obtener algún saldo a favor. Mantente informado de cualquier nueva disposición en portales oficiales. También tu Contador puede brindarte asesoría más personalizada, ya que él cuenta con el conocimiento y las herramientas tecnológicas necesarias para simplificar este proceso”, concluyó.