Errores en los datos que tiene el SAT ¡Corríjalos!

Conozca cuál es el procedimiento a seguir cuando el contribuyente detecte algún error en sus datos personales

Actualmente está tomando bastante relevancia la obtención de la constancia de situación fiscal para los trabajadores, pues como bien se sabe, la información sobre el domicilio del receptor (trabajador) será obligatoria plasmarla en el CFDI de nómina a inicios de 2023, por ello, los patrones han estado solicitando dicho documento a su personal.

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En la constancia en comento se pueden observar errores en el nombre, apellidos o la fecha de nacimiento de los contribuyentes, cuya corrección es importante se efectúe antes de que tengan efectos fiscales.

Si algún trabajador se encuentra en esta situación, debe realizar, previa cita, la corrección del dato correspondiente, en las oficinas del SAT, exhibiendo la siguiente documentación:

  • acta de nacimiento expedida por el Registro Civil en copia certificada u obtenida en este link, en donde consten los datos a corregir, o bien, la CURP
    documento migratorio vigente expedido por autoridad competente, en el que esté plamado el nuevo nombre, en caso de extranjeros (original)
  • carta de naturalización, cuando se trate de mexicanos por naturalización (original)
  • identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal (original), y
  • poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o fedatario público (original), en caso de que se trate del representante legal

Una vez verificados estos documentos por parte de los servidores públicos del SAT, estos llevan a cabo la corrección de la información, y terminado el trámite se le proporcionará al trabajador, el acuse respectivo de la modificación.

Como se observa, este trámite que se concluye en ese momento, conforme lo señala la ficha de trámite 78/CFF del anexo 1-A de la RMISC 2022.

Finalmente, el interesado debe acudir a su cita, con los documentos completos; de lo contrario, no se podrá realizar la corrección, y en consecuencia tendrá que volver a solicitar cita e iniciar de nuevo el trámite, porque el empleador se basará en la información que contenga dicha constancia para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.