IDC le extiende una cordial invitación a nuestro seminario Qué cuidar en su operación para 2023 que se llevará a cabo el próximo 9 de noviembre de 2022. Consulte el temario aquí y si desea inscribirse puede hacerlo en esta liga.
Se acerca la fecha para que entre en vigor la nueva versión del CFDI 4.0 y existen contribuyentes que ya la están utilizando, otros que están en periodos de prueba, y otros tantos que lo dejarán hasta el final.
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En esa mezcolanza, puede suceder que existan CFDI expedidos con la versión 3.3., pero que se paguen hasta 2023 -cuando ya estará vigente la nueva versión del complemento de pagos 2.0.-;por ende, surge la inquietud si pueden convivir ambas versiones.
La “Guía de llenado del comprobante al que se le incorpore el complemento para recepción de pagos” “Aplica para la versión 4.0 del CFDI”, en el cuarto párrafo de la página 5 dice textualmente lo siguiente:
El “Complemento para recepción de pagos”, también denominado “Recibo Electrónico de Pago” solo puede ser incorporado en un CFDI emitido usando la versión 4.0 del Anexo 20.
Como se observa, no es posible utilizar el complemento para recepción de pagos versión 2.0 con el CFDI versión 3.3.
Por lo que ahora, la pregunta es ¿qué debe hacerse? Hasta este momento, la autoridad no ha señalado el procedimiento que se debe llevar a cabo; por lo cual se debe estar atento a la información que esta difunda en próximas fechas. Oportunamente, IDC le dará a conocer la mecánica aplicable.