Retos de la entrada en vigor del Instrumento Multilateral de la OCDE

Con el inicio del MLI, al menos 55 de los 61 Tratados para evitar la doble tributación que tiene México en vigor, estarán sujetos a los cambios

El proyecto BEPS impulsado por el G20 y la OCDE se refiere a una serie de normas fiscales que buscan limitar las discrepancias e inconsistencias entre los sistemas fiscales de los países, en el sentido de que en la medida de lo posible no existan operaciones que den lugar a una escasa o nula tributación de manera indebida. Este proyecto, de acuerdo con información de la OCDE, es impulsado por las principales economías del planeta, pero especialmente importante para los países en desarrollo y las empresas multinacionales. Derivado de esto, en el año 2017, México firmó el MLI (Instrumento Multilateral), que es una herramienta para mitigar el abuso en el uso de tratados comerciales a través de la implementación de medidas para todos los países firmantes –más de 100 países han firmado–. Este instrumento se estima y espera entre en vigor en los próximos meses de 2023, pero sus efectos serían aplicables a partir del 1 de enero de 2024. ¿Cómo deberán prepararse las empresas?

El antecesor –por decirlo de alguna manera– de este instrumento son los acuerdos de doble tributación; convenios generalmente firmados entre dos países que quedaban asentados en documentos con las reglas fiscales aplicables a las naciones involucradas. Estas reglas, para el caso de México, se publicaban en el DOF y entraban en vigor usualmente el 1 de enero del siguiente año calendario al que fueran publicadas.

Con el inicio del MLI, la gran mayoría de los tratados para evitar la doble tributación que tiene México activos estarán sujetos a los cambios que se originen a partir de las disposiciones del Instrumento. Estas incorporan reglas generales anti-abuso –entre las que destaca la prueba del propósito principal–, anti-híbridos, uso artificial de establecimientos permanentes, procedimientos de acuerdos mutuos, arbitraje, entre otros.

Para todos los países que se han adherido a este Instrumento la fecha de entrada en vigor de las nuevas disposiciones dependerá de diversos factores, como lo son las elecciones por las que se hayan optado. Ahora, cada país eligió diversas modalidades de este Instrumento, por ejemplo, quizá algunos países se hayan decantado por apegarse a las reglas de arbitraje y quizá otros no. De estas elecciones también dependerá la manera de aplicación.

Si bien, nosotros estamos considerando que la autoridad fiscal utilizará esta herramienta para cuestionar operaciones a partir del 1 de enero de 2024, sí estaremos presenciando un impacto en las estructuras donde se han originado estas operaciones –esto podría representar para las empresas una complejidad, debido a que podrían requerir rastrear documentos con una antigüedad mayor inclusive a cinco años, que es el parámetro general que se tiene en México considerando la prescripción de los actos fiscales–. Y es que se trata de demostrar a la autoridad, cuando así lo requiera y con documentos, de que la estructura que se está utilizando no se aplicó con el objetivo de obtener provecho fiscal de un tratado fiscal. Cuando no se logre comprobar que la operación no se está llevando a cabo por esta razón, la autoridad podrá retirar los beneficios que ofrece el tratado y luego entonces aplicar la tasa impositiva de la legislación doméstica, la cual suele ser mayor a la contemplada por los tratados fiscales.

Ante esta serie de modificaciones es importante que las empresas puedan identificar las operaciones que actualmente están ejecutando con diversos países. Una vez que se logre el mapeo de dichas operaciones, será crucial determinar las características particulares de cada una. Ahora, en muchos casos, esta identificación puede representar un incremento de impuestos para las empresas; cuando este sea el caso, habrá que ubicar las operaciones que representen un mayor valor y analizarlas en detalle. Y es que quizá una empresa puede tener varias transacciones en el extranjero, pero el 90% de los pagos lo representan sólo un puñado de operaciones, por lo que la recomendación sería comenzar por estas.

Otro gran desafío al que se enfrentarán las compañías multinacionales es que deberán reunir la suficiente documentación –que suele conocerse como el archivo de defensa– para comprobar que las operaciones en el extranjero se llevaron a cabo con la finalidad, por ejemplo, de obtener mejores condiciones de trabajo, acceder a niveles educativos del talento más altos o mayor protección a las inversiones, entre otros. Si no se logra reunir la documentación que justifique la transacción, pudieran explorarse ciertas medidas para determinar la manera en que se puedan reestructurar esas operaciones.

Las empresas tendrán que actuar rápido y revisar sus operaciones actuales y futuras para tomar, en la medida de lo posible, las mejores decisiones con la mayor información posible. También es importante considerar el tiempo que la autoridad podría tardar en realizar ciertas revisiones.

Esta serie de nuevas disposiciones representa un paso más hacia la búsqueda de una mejor distribución de la riqueza entre los países. No obstante, también representará un reto para las naciones en términos de adaptar sus legislaciones y para las empresas, porque deberán fortalecer aún más sus áreas legales, comerciales, contables, fiscales y de sistemas informáticos, entre otras.

*Nota del editor: Las opiniones vertidas por los especialistas no necesariamente reflejan la ideología de la publicación