Con la finalidad de ayudar al cumplimiento de las obligaciones fiscales, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) puso en marcha el micrositio de la declaración anual.
Lo anterior, como parte de las actividades del programa de capacitación “Declara fácil y a tiempo. Declaración anual-personas físicas 2022”.
En ese sentido, el Ombudsman fiscal recalcó que de conformidad con el artículo 150 de la LISR, las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente; por lo que, si vas a presentar tu declaración anual del ejercicio fiscal 2022, lo podrás hacer a partir del 1 de abril de 2023.Por lo anterior, recomendó prepararse desde ahora, verificando que la información que se precargará en la declaración anual, como lo son los CFDI de nómina que tu empleador emitió durante el ejercicio fiscal 2022 y los comprobantes de deducciones personales por concepto de gastos médicos, dentales y hospitalarios, entre otros, que erogaste en ese ejercicio fiscal, contengan información correcta.