Las personas físicas que están obligadas a presentar su declaración anual 2022, tienen derecho a aplicar como deducciones personales, entre otras, los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación (art. 151, fracc. IV, LISR).
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Para ello, deben considerar como intereses reales, el monto en el que los intereses efectivamente pagados en el ejercicio excedan al ajuste anual por inflación del mismo ejercicio de conformidad con el artículo 134 de la LISR.
A su vez, el tercer párrafo del artículo 134 de la LISR se considera interés real, el importe en el que los intereses excedan al ajuste por inflación.
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Concepto
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Intereses nominales
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Menos:
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Ajuste anual por inflación
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Igual:
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Intereses reales que se considera como deducción personal
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Bajo esta tesitura en el 2022 la inflación terminó en un 7.82% lo que origina que algunos créditos hipotecarios cuyos intereses pagados sean bajos, les resulte que es mayor el ajuste anual por inflación a los intereses nominales.
Esto conlleva a que los contribuyentes obligados a presentar su declaración anual 2022, y estén acostumbrados a considerar esta deducción, se lleven la sorpresa que en su constancia de créditos hipotecarios el interés real sea cero, lo que implica no tenga esta deducción personal, y por ende, su saldo a favor posiblemente sea menor que en años anteriores o algunos casos les resulte con un saldo a cargo.