Es común que las personas físicas decidan invertir en la compra de acciones de empresas en el extranjero, ya sea porque el entorno económico así lo sugiere.
CONSULTA NUESTRO ESPECIAL DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS
Para ello, utilizan las sociedades de inversión, quienes al finalizar el ejercicio, emiten y envían a sus inversores diversos estados de cuenta, en los cuales se desglosa un concepto denominado dividendos del extranjero.
El artículo 142, fracción V de la LISR señala que son percepciones del Capítulo de los demás ingresos de las personas físicas, los dividendos o las utilidades distribuidos por sociedades residentes en el extranjero; estos ingresos se declaran únicamente en la anual.
En consecuencia, las personas físicas que perciban estos ingresos deberán declararlos en su declaración anual.
Para ello, en el aplicativo del SAT deben manifestarse de la siguiente forma:
En caso de que se les haya retenido un impuesto deben precisarlo en el botón “Detalle” y anotar los datos requeridos