Puntos medulares del sistema de juicio en línea

Actualmente cuál el sistema para acceder a la justicia ante el TFJA

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 .  (Foto: iStock)

El acceso a la justicia es derecho de todos los gobernados y el hecho de que se proporcione mediante la vía tradicional o de forma digital, favorece a la evolución de la justicia en México. Actualmente se cuenta con el sistema de juicio en línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA); sin embargo, este sistema (en sus versiones anteriores) ha tenido problemas de seguridad por lo que ha provocado la transición entre sistemas brindar mayor certeza a los mexicanos.

Ante tal situación IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral se dio a la tarea de contactar al experto en la materia el licenciado Pedro Ignacio Camacho Amaro, Encargado Jurídico de García Hidalgo Tax advisors, quien amablemente accedió a detallar las particularidades de los sistemas de juicio en línea versiones 1 y 2.

A lo largo de la evolución y el desarrollo de su historia, el ser humano se ha caracterizado por una búsqueda constante para ampliar su nivel de conocimiento, y a su vez, procurar mejorar sus condiciones de vida, sabiéndose adaptar al momento y contexto histórico que lo rodea, así como a la constante evolución de la que es parte, a fin de facilitar y optimizar su vida diaria.

En ese sentido, el avance de las nuevas tecnologías ha venido a mejorar y facilitar aún más la vida cotidiana y la forma en que desarrollamos nuestras actividades diarias, y en ese orden de ideas, el derecho, al no ser una ciencia aislada de la humanidad, ha evolucionado de la mano, así como de las nuevas tecnologías, empleando en la actualidad, diversos mecanismos que le permitan incorporar dichos avances tecnológicos a las formas de acceder a la justicia.

Introducción

Así, en aras de simplificar los procedimientos judiciales, y facilitar a los gobernados el acceso a la justicia pronta y expedita a través del uso de las tecnologías de la información y comunicación que forman parte de la evolución humana, fue que mediante decreto publicado en el DOF el 12 de junio de 2009, se llevó a cabo una serie de reformas y adiciones a las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA), y de la Ley Orgánica del entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativas, dando apertura a la posibilidad de tramitar diversos juicios contenciosos administrativos en línea, previendo para tal efecto, el desarrollo de un sistema de operaciones que permitiera registrar, procesar, almacenar, administrar y notificar todas y cada una de las actuaciones celebradas durante la tramitación de dicho procedimiento judicial, mismo que entró en operaciones el 7 de agosto de 2011.

Al entrar en vigor el sistema de juicio en línea en México, el TFJA, se convirtió en el primer tribunal latinoamericano, en contar con un sistema de justicia digital ante el cual, se puede promover, sustanciar, y resolver una controversia jurisdiccional a través de internet.

Entonces, el sistema de juicio en línea, termina con las actuaciones y documentos contenidos en papel, buscando reducir los costos de mantenimiento del TFJA, como también los gastos para las partes que buscan acceder a la justicia, así como eficientizar el uso de espacios y traslados para las partes, toda vez que las actuaciones que integran el procedimiento jurisdiccional, se integran dentro de un expediente digital, dentro del cual, obran todas las promociones, pruebas, anexos, documentos, y demás información aportada por las partes, también como los acuerdos, oficios, notificaciones, resoluciones, y demás actuaciones que emita el tribunal a raíz de la sustanciación del juicio, expediente al cual, las partes que se encuentren autorizadas y legitimadas dentro del mismo, tendrán acceso para su consulta a través de internet, por medio del portal creado para tal efecto.

Juicio en línea versión 1

En el decreto del DOF del 12 de junio de 2009, se instruyó la creación e inicio de operaciones (7 de agosto del 2011) del sistema de juicio en línea en su primer versión.

Así, el 4 de mayo de 2011, se publicó en el DOF, por parte del entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), y su Junta de Gobierno y Administración, el acuerdo número E/JGA/16/2011, el cual estableció los lineamientos formales y técnicos para la sustanciación de juicio en línea, con la finalidad de sustanciar en todas sus etapas, el juicio contencioso administrativo a nivel federal, así como para normar el funcionamiento y uso del sistema de juicio en línea, con el objetivo de estandarizar los procedimientos internos.

En razón de lo anterior, mediante acuerdo G/SS/3/2011, aprobado por el Pleno General de la Sala Superior del TFJFA el 13 de junio de 2011, y publicado en el DOF el 21 de junio del mismo año, instruyó la creación de una sala especializada, denominada “Sala Especializada en Juicios en Línea”, con competencia para conocer de asuntos tramitados en todo el territorio nacional a través del sistema de juicio en línea previsto por el artículo 58-A de la LFPCA, o bien, los juicios que en términos de la legislación aplicable, debieran tramitarse simultáneamente en la vía tradicional, como en línea.

Esto, no trajo consigo el hecho de que la vía tradicional en la que se desarrollara el juicio contencioso administrativo federal desapareciera, sino que ambas vías de sustanciación de juicio de nulidad coexisten. Por un lado, la vía tradicional con la infraestructura necesaria para la sustanciación del juicio contencioso, recibiendo las promociones y demás actuaciones en manuscrito, o bien, impresas en papel, formando un expediente físico, en el cual, obran las actuaciones procesales; y por otra parte, el juicio en línea, donde todas las actuaciones procesales, se integran dentro de un expediente electrónico formado dentro de la plataforma creada para efectos de sustanciar el juicio en línea.

De esta manera, por casi una década, el sistema de juicio en línea en su primera versión se posicionó como una opción viable para la tramitación del juicio contencioso administrativo federal por medio de internet y del uso de las tecnologías de la comunicación, perfeccionando con el tiempo, los procedimientos jurisdiccionales tramitados en esta vía, y utilizándose como una herramienta que facilita el acceso a la justicia.

Sistema de justicia en línea versión 2

Derivado de la contingencia de salud que atravesó la población a nivel mundial durante los últimos años, cobró mayor importancia el uso de las tecnologías de información y comunicación como un auxiliar que permitiera a las personas continuar con sus actividades, ponderando su uso en busca de disminuir los riesgos que implicaron durante ese momento de la historia, la conglomeración de personas en espacios cerrados, así como su traslado dentro de las grandes ciudades, situación que propició que la mayoría de las actividades humanas, se vieran apoyadas de los avances tecnológicos.

Bajo esa tesitura, y toda vez que los avances de las tecnologías de la información y comunicación se encuentran en una constante evolución a nivel global, y a efectos de que el TFJA se mantuviera a la delantera en cuestión de administración de justicia electrónica, dada su experiencia en el uso del Sistema de Justicia en Línea, y con la finalidad de optimizar los procesos de sustanciación del juicio contencioso administrativo, se publicó en el DOF el 13 de octubre de 2020, el acuerdo E/JGA/41/2020, que establece los “Lineamientos técnicos y formales para la sustanciación del Juicio Contencioso Administrativo en el Sistema de Justicia en Línea Versión 2”.

De tal suerte, que el 14 de octubre de 2020 inició sus operaciones el “Sistema de Justicia en Línea Versión 2”, funcionando en su primer etapa con cinco salas regionales TFJA, ampliando con posterioridad su capacidad a nivel nacional, con 55 salas regionales para el 10 de noviembre de 2021.

Aun cuando en principio funcionaron a la par las versiones 1 y 2 del “Sistema de Juicio en Línea”, ambas operaban en diferentes plataformas, con diferencias entre sí respecto de la sustanciación de los juicios, fue que el 08 de septiembre del 2022, la Junta de Gobierno y Administración dio cuenta del informe rendido por el Secretario Operativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del TFJA, del cual se desprende que existe una serie de problemas dentro de la plataforma digital del “Sistema de Juicio en Línea versión 1”, que deriva en la imposibilidad de los proveedores de software y hardware para llevar a cabo las actualizaciones, proporcionar el servicio de mantenimiento y soporte, comprometiendo la seguridad, integridad, confidencialidad y estabilidad de la información que obra dentro de dicho sistema, además de su operación.

Derivado de lo anterior, el 18 de noviembre de 2022, se publicó en el DOF, el acuerdo G/JGA/29/2022, que contempló que los juicios contenciosos administrativos que estaban en sustanciación dentro de la versión 1 del juicio en línea, dada la imposibilidad de continuar operaciones dentro de dicho sistema al quedar inoperable, y en virtud de la incompatibilidad e imposibilidad para migrar la información contenida en su base de datos hacia la plataforma del juicio en línea versión 2, consideró imprescindible utilizar otro mecanismo para continuar el procedimiento contencioso administrativo de los asuntos que no se encuentren totalmente concluidos en el “Sistema de Justicia en Línea versión 1”, siendo factible que dichos expedientes cambien a la vía tradicional, hasta su total resolución.

Así en la actualidad opera únicamente para la sustanciación de los juicios contenciosos administrativos a través de internet, la versión 2 del juicio en línea, siendo optativo para los justiciables, la opción de tramitar sus juicios contenciosos administrativos federales, por la vía tradicional, o bien, optar por tramitarlos a través del sistema de justicia en línea.

Fundamento y marco legal

La sustanciación del juicio en línea a través de la plataforma de justicia en línea versión 2 del TFJA, está regulada por el Capítulo X del Título II de la LFPCA, específicamente, por los artículos 58-A a 58-S de dicho ordenamiento, donde se indica las disposiciones generales referentes a la sustanciación y resolución del juicio contencioso administrativo tramitado por esa vía.

Del mismo modo, el artículo 13 de la LFPCA, establece la posibilidad de que los gobernados opten por promover el juicio contencioso administrativo a través de la vía tradicional por escrito ante la sala regional competente, o bien, en su modalidad de juicio en línea a través del “Sistema de Justicia en Línea”, para lo cual, el justiciable deberá manifestar su decisión al momento de presentar su demanda, situación que no podrá modificarse con posterioridad.

Finalmente, el juicio en línea vigente está regulado por el acuerdo E/JGA/41/2020, mismo que prevé los lineamientos técnicos y formales para la sustanciación del juicio contencioso administrativo en el “Sistema de Justicia en Línea Versión 2”, señalando sus disposiciones generales, objeto y definiciones, de igual manera cuestiones a observar para su tramitación dentro de la plataforma digital donde se sustanciará.

Lineamientos generales

Para efectos de la tramitación del juicio en línea en su versión 2, también denominado juicio en línea v 2.0, los justiciables que opten por esta vía, deberán presentar su demanda en un documento digitalizado, por medio de la plataforma digital establecida por el TFJA, a efectos de dar seguimiento, registrar, controlar, procesar, almacenar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancie en esa vía, debiendo en primer instancia, llevar a cabo un registro de su información para efectos de la creación de un usuario dentro de dicho sistema, a través del cual, tendrá acceso a la sustanciación del juicio de nulidad, y al acceso al expediente digital que se origine del mismo.

Respecto al registro de usuario para tener acceso al portal el juicio en línea, el tribunal otorgará la credencial de acceso a la persona que lo solicite, debiendo proporcionar para tal efecto, su Clave Única de Registro de Población, además una dirección de correo electrónico, creando a su vez un perfil de usuario, que permitirá seleccionar si se trata de un usuario interno del TFJA, o bien, un usuario externo, ya sea gobernado, o autoridad administrativa, perfil que le permitirá actuar dentro del juicio contencioso administrativo federal sustanciado en esa vía.

Una vez que se ingresó al sistema, portal de juicio en línea, el usuario tendrá acceso al expediente digital, mismo que le permitirá presentar una demanda de nulidad federal, promociones, ofrecer y adjuntar pruebas, así como tener acceso a las actuaciones que se susciten dentro de la sustanciación del juicio en línea, al igual que recibir notificaciones a través del sistema, como también a través de los correos electrónicos señalados para tal efecto por la propia parte actora.

Así, el sistema de juicio en línea versión 2 del TFJA, permite la tramitación de juicios de nulidad a nivel federal, desde la presentación de una demanda, hasta la emisión de una sentencia definitiva a dichos juicios por parte de los magistrados que integran las salas que conocen de juicio en línea, convirtiéndose así, en una opción por demás formidable, para la impartición de justicia, pronta y expedita, que ha permitido a miles de usuarios, acceder a la justicia de una manera mucho más eficiente y sencilla, dejando cada vez más, los tediosos trámites burocráticos que entorpecen la tramitación de los procedimientos jurisdiccionales.

Conclusión

El acceso a la justicia, al ser una prioridad para el estado de derecho del que formamos parte, ha tenido que adaptarse a la evolución humana, simultáneamente a la actualización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, por lo cual, el sistema de juicio en línea del tribunal, ha encabezado la evolución de la justicia en medios digitales, implementando una serie de mecanismos y procedimientos que permitan a los gobernados, tener acceso a la impartición de justicia, de una manera más pronta y accesible, buscando a su vez, la tramitación de los procedimientos de una manera más eficiente que brinde certeza y transparencia a las actuaciones jurisdiccionales.