El artículo 98 de la LISR establece que los contribuyentes que obtengan ingresos por salarios tienen la obligación de presentar su declaración anual cuando obtengan ingresos de:
- otros capítulos
- cuando comuniquen a su patrón que la presentarán
- obtengan ingresos superiores a 400 mil pesos, o
- si prestan sus servicios a dos o más empleadores en forma simultanea
CONSULTA NUESTRO ESPECIAL DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS FÍSICAS
De conformidad con los preceptos 151 y 185 de la LISR los asalariados que presenten declaración anual tienen derecho a aplicar las siguientes deducciones personales y estímulos fiscales:
- honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales de psicología y nutrición
- gastos funerarios
- primas por seguros de gastos médicos
- intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecario
- donativos no onerosos ni remunerativos
- aportaciones a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias
- transportación escolar de los hijos o nietos del contribuyente
- depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión, y
- pago de colegiaturas
Por cada una de las deducciones personales el contribuyente debe contar con el CFDI correspondiente, y haberla cubierto mediante cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes asalariados no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces la UMA, o el 15% del total de sus ingresos, incluyendo aquellos por los que no se pague el impuesto.
Esto no es aplicable tratándose de donativos ni de las aportaciones complementarias de retiro, a planes personales de retiro o a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
Una vez que tenga todos sus ingresos y deducciones personales, el asalariado se encuentra listo para presentar su declaración anual.