Actualización en acreditamiento de IVA

La LIVA no prevé una mecánica de actualización del saldo a favor a utilizar mediante el acreditamiento previsto en el artículo 6 de esa ley

Somos una persona moral que en  el pago definitivo de IVA correspondiente a enero 2023 obtuvimos un saldo a favor. Es hasta la declaración de junio donde lo queremos utilizar. La pregunta es: 

podemos actualizar el saldo a favor



No, si bien es cierto que la mecánica de compensación y acreditamiento en materia de IVA son similares, no deben confundirse, ya que para el tema de compensación el numeral 23 del CFF indica que las cantidades a favor deben actualizarse; sin embargo, no existe una disposición expresa que así lo señale para el acreditamiento.

En resumen, la LIVA no prevé una mecánica de actualización del saldo a favor a utilizar mediante el acreditamiento previsto en el artículo  6 de esa ley, por lo que es inviable actualizar dicho saldo a favor al carecer de los elementos que permitan dicho cálculo, esto pese a que es una realidad que el dinero pierde su valor por los efectos inflacionarios y el saldo a favor del contribuyente debería contemplar esta situación.