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En el apartado “Ingresos” se visualizan los campos:
ingresos exentos o no acumulables. En este campo se debe informar los ingresos exentos o no acumulables, para lo cual el contribuyente debe dar clic en el botón “AGREGAR”, se abrirá una ventana alterna para que se registren los ingresos exentos o no acumulables por cada rubro, así como el importe correspondiente.
En el escenario de no haber obtenido ingresos exentos o no acumulables, el causante debe seleccionar la opción “Sin ingresos exentos” o “Sin ingresos no acumulables”.
- ingresos nominales. Este campo está prellenado con la información de los pagos provisionales. El contribuyente debe dar clic en “DETALLAR” para desglosar los conceptos de los ingresos obtenidos en el ejercicio. En este apartado el contribuyente debe seleccionar el tipo de ingreso de los registrados en los pagos provisionales
Esta medida constituye un candado para los contribuyentes; ya que al estar prellenada la información se ven obligados a replicar lo declarado cada mes y de presentarse diferencias deberán presentar declaraciones complementarias de los pagos provisionales. No obstante, en este mismo apartado existe un botón para agregar otros ingresos. El contribuyente debe cuidar que los ingresos no se dupliquen.
- ajuste anual por inflación. Una vez que el contribuyente haya determinado el ajuste anual en términos del Capítulo III del Título II de la LISR, debe plasmar los resultados en la declaración anual. Para lo cual deberá dar clic en el botón “Calcular” y posteriormente responder “Sí” o “No” en la pregunta “¿La determinación del ajuste corresponde a un ejercicio menor a 12 meses?
En el supuesto de que la respuesta sea afirmativa, se deberá seleccionar el mes de inicio del ejercicio. De lo contrario se calculará automáticamente sobre los 12 meses del año. Posteriormente debe capturar los importes que correspondan en los campos:
- saldo promedio anual de créditos
- saldo promedio anual de deudas
- el aplicativo calculará la diferencia en saldos promedio anual de créditos o la diferencia en saldos promedio anual de deudas y determinará si se trata de un ajuste anual por inflación deducible o acumulable
en el campo “¿Tienes ingresos que solo se acumulan en la declaración anual?”, el contribuyente deberá responder a la pregunta con “sí” o “no”. Si la respuesta es afirmativa, se habilitan los campos:
ingresos que solo se acumulan en la declaración anual. Un ejemplo de los ingresos que se deben incluir en este apartado son los estímulos fiscales que el contribuyente hubiera aplicado en el ejercicio
ingresos procedentes de fuente ubicada en el extranjero. En este rubro el contribuyente debe indicar el país de procedencia de los ingresos, así como el monto y los impuestos pagados en el extranjero
ingresos del extranjero por dividendos distribuidos. En este apartado se dividen dos tipos de dividendos:
primer nivel: se debe registrar el país y los dividendos pagados por la sociedad extranjera a un residente en México
segundo nivel: se da cuando existe una sociedad pagadora de dividendos al residente en el extranjero pagador de dividendos al residente en México
Total de ingresos acumulables se muestra la suma de las cantidades registradas en el apartado "Ingresos".