El impuesto a la tenencia vehicular es una contribución que ayuda a la recaudación de los estados, además de servir en la administración del control de los automóviles.
En algunos estados de la república se exime del pago de la tenencia vehicular siempre y cuando los particulares cubran los derechos del refrendo en la entidad.
No obstante, para tener derecho al descuento debe pagarse el refrendo a más tardar el 31 de marzo de 2024.
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Ciudad de México
En la Ciudad de México (CDMX) de acuerdo con el artículo 219 del Código Fiscal de la Ciudad de México para 2024 se otorga un descuento del 100% de tenencia vehicular, en automóviles cuyo valor no exceda los 250,000 pesos, IVA incluido y una vez aplicado el factor de depreciación. Dicho beneficio es para las personas físicas y morales sin fines de lucro.
La vigencia para este apoyo es del 1o. de enero al 31 de marzo de 2023. Es importante aclarar que no se deberán contar con adeudos de tenencia de años anteriores y se debe contar con tarjeta de circulación con chip vigente o realizar el pago correspondiente a la renovación.
Estado de México
Aquellas personas físicas o jurídicas colectivas con fines no lucrativos, cuyo vehículo con valor factura de hasta $400,000.00 más IVA y motocicletas de hasta $115,000.00 más IVA tienen derecho al 100 % del subsidio de la tenencia, siempre y cuando al 31 de marzo 2024 se encuentren al corriente en el pago de tenencia y derechos de control vehicular hasta 2023 y paguen el refrendo de 2024 por un monto de $865.00.