¿Cómo llenar la declaración anual Sueldos, salarios y
asimilados? GUÍA

¿Cómo llenar la declaración anual Sueldos, salarios y
asimilados? GUÍA

¿Tributas en el régimen de Sueldos, salarios y asimilados? Aquí te dejamos una guía para que presentes tu declaración anual paso por paso
Si aún no has presentado tu declaración anual, toma nota, aún estás a tiempo de hacerlo, la fecha límite es el 30 de abril de 2025; y ya sea que seas una de las personas físicas obligadas o no, el procedimiento es el mismo.
¿Qué requisitos debes cumplir para presentar tu declaración anual? Si bien, los contribuyentes tienen la opción de solicitar ayuda de un contador, tienes que saber que si eres contribuyente del régimen de sueldos, salarios y asimilados puedes hacerlo por tu cuenta.
Para presentar la declaración anual de personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2024 se puede acceder al sistema de dos formas, con el RFC o e.firma, en cualquiera de los dos casos será necesario contar con los siguientes elementos:
Adicionalmente a estos elementos, la
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon)
recomendó que para antes, durante y después de presentar la declaración hacer lo siguiente:
Si decides presentar tu declaración anual, a modo de guía, aquí te dejamos los pasos a seguir:
“Normal” o “Complementaria" Si es la primera vez que presentas la anual
Captura de pantalla SAT.
En el apartado de Ingresos selecciona “Sueldos, salarios y asimilados" y sigue los pasos de verificación de información precargada (puedes aceptar los registros o eliminar aquellos en los que no estés de acuerdo).
En Ingreso anual verás reflejados los ingresos que percibiste durante el ejercicio, en la parte inferior puedes visualizar el detalle por retenedor, y en el ícono “Ver” se desglosarán a detalle de los conceptos precargados para cada uno de los retenedores que se encuentren precargados, en caso de que sea correcto, acepta la precarga da clic en “Guardar”.
Captura de pantalla SAT.
Aunque se pueden eliminar registros desde que se muestra la información precarga de los ingresos por retenedor, si al momento de llegar a la pregunta "¿Aceptas y reconoces la información precargada?" detectas algún error, da clic en “No” y luego "Eliminar" en la pregunta "¿Quieres eliminar el registro en este momento?”.
Captura de pantalla SAT.
En este caso volverás al aplicativo de "Declaraciones y Pagos", donde podrás añadir nuevos registros; en ese caso abrirá una ventana emergente donde se podrá ingresar información como:
Captura de pantalla SAT.
Ahí mismo podrás indicar los ingresos que recibas por “Asimilados a salarios”, “Indemnización”, “Jubilación en parcialidades”, “Jubilación pago único” e “Ingresos del seguro de retiro” en caso de que así sea.
El aplicativo del SAT realiza el cálculo del campo Ingresos exentos, y ahí te marca los topes máximos, así como de ingresos acumulables, Subsidio para el empleo e Impuesto retenido.
Captura de pantalla SAT.
En el apartado de "Deducciones personales" aparece el “Monto total deducible”, que corresponde al “Monto total por deducir” y tiene como límite $198,031.80 o 15 % del total de los ingresos, incluidos los que no pagan Impuesto sobre la Renta (ISR).
En este hay iconos de cada una de las deducciones personales con facturas precargadas (aparecen con una alerta en rojo) y se pueden revisar o capturar, al desglosarlas se valida el detalle de cada factura o el CFDI, y en caso de no querer considerar una factura como deducción personal, da clic en “Eliminar”.
Considera que para avanzar, cada alerta que aparece en color rojo deberá cambiar a gris, así que revisa todos los datos con detenimiento.
Captura de pantalla SAT.
Una vez listo pasa al apartado de "Determinación", donde aparece "Determinación del ISR y Datos informativos, tales como:
Si obtuviste saldo a favor, el aplicativo te mostrará el monto y la pregunta "¿Qué deseas hacer con tu saldo a favor?", las opciones son: "Devolución", para la cual necesitarás una CLABE interbancaria de 18 dígitos; "Compensación" y "Sin elección".
Captura de pantalla SAT.
En el apartado de "¿Informas otros ingresos exentos?", si marcas “No”, puedes continuar con la revisión de tu declaración anual, pero si la respuesta es sí, tendrás que ingresar los datos requeridos.
Finalmente, en el apartado de "Pago" se mostrará el monto del impuesto a favor del ejercicio o "a cargo", el cual, de acuerdo con la Prodecon, se puede hacer hasta en seis parcialidades, siempre que la declaración sea enviada y se cubra la primera parcialidad antes del 30 de abril presente.
Una vez listo esto, puedes dar clic en "Revisar" para obtener una vista previa de la declaración anual, la podrás imprimir o guardar en formato PDF y finalmente darás clic en "Enviar"; así se arrojará un acuse de recibo en formato PDF.
Captura de pantalla SAT.
Recuerda que si tienes más dudas puedes contactar los siguientes canales:
SAT:
Prodecon