Conoce las causas por las que el SAT restringe el CSD por informes volumétricos y cómo presentar una aclaración dentro del plazo legal
Si recibiste una notificación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informándote sobre la restricción de tu Certificado de Sello Digital (CSD) debido a la falta de envío de informes volumétricos, de conformidad con los artículos 28, primer párrafo, fracción I, apartado B, y fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF), en relación con las Reglas 2.6.1.1. y 2.6.1.2., primer párrafo, fracción VIII de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024.
Esta situación surge tras una revisión por parte de la autoridad fiscal, donde se identificó la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que cubren alguna de las siguientes transacciones:
la compraventa de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
la gestión o contratación de servicios de transporte, almacenamiento o distribución de dichos productos
la prestación o intermediación de servicios de valor agregado para usuarias o usuarios finales en las actividades reguladas por el presente reglamento
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Es fundamental verificar la correcta expedición de los CFDI para las operaciones realizadas, asegurándose de que los productos o servicios respaldados por estos coincidan con las actividades declaradas ante el RFC y cumplir con las obligaciones correspondientes.
Para solucionar las irregularidades detectadas o refutar las causas de la restricción temporal del CSD, se debe presentar una aclaración en el Portal del SAT dentro de los cuarenta días hábiles siguientes a la notificación del oficio, según lo establecido en el artículo 17-H Bis del CFF, la Regla 2.2.15., segundo párrafo, y la ficha de trámite 296/CFF del Anexo 1-A de la Segunda Modificación de la RMF 2025.
Si tienes dudas respecto a este tema o bien otros de carácter fiscal, acércate a la Prodecon. Puedes ponerte en contacto con la entidad a través de los servicios gratuitos de asesoría remota a través del chat en línea, del correo electrónico atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx, vía telefónica llamando al 55 12 05 9000 (Ciudad de México), o al 800 611 0190 (lada sin costo en el interior del país); por otro lado, si te encuentras en el extranjero, comunícate al (+52) 55 1205 9000; asimismo, puedes solicitar asesoría personal, pidiendo una cita, o bien, en los teléfonos de sus Delegaciones. La Procuraduría cuenta con un horario de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.