Mantienen estímulo en derechos por servicios migratorios

Adecuación al beneficio fiscal que recibirán los turistas extranjeros que lleguen por mar a México para su el segundo semestre de 2025
El turismo es una pieza clave del desarrollo económico de México, al ser fuente de empleo, ingresos en divisas y de intercambio cultural. En este contexto, el gobierno federal ha adoptado nuevas disposiciones para asegurar que el país mantenga su atractivo como destino internacional, especialmente para el turismo marítimo.
Por ello, el 19 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que revocó la exención del pago de derechos migratorios para los turistas extranjeros que arriban en cruceros.
Esta disposición, vigente desde el 1o. de enero de 2025, busca establecer condiciones equitativas entre los viajeros que ingresan al país por vía aérea y aquellos que lo hacen por vía marítima, ya que ambos utilizan servicios migratorios con el mismo costo operativo.
Con esta reforma, quienes arriben en crucero deberán cubrir el derecho migratorio del artículo 8o., fracción I, de la Ley Federal de Derechos (LFD).
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Reconociendo el impacto que esta medida podría tener sobre la industria turística marítima, el 31 de diciembre de 2024 se publicó un decreto que otorga un estímulo fiscal a quienes se vean afectados por el nuevo esquema.
Este beneficio consiste en un crédito fiscal del 100 % del monto del derecho migratorio para pasajeros extranjeros que ingresen por vía marítima, aplicable únicamente durante el primer semestre de 2025.
La medida tiene como propósito reducir el efecto económico inmediato sobre el sector, mantener el flujo de visitantes y apoyar a las comunidades que dependen del turismo de cruceros.
Una vez concluido el periodo del primer beneficio, el 30 de junio de 2025 se publicó en el DOF el “Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican en materia de derechos por servicios migratorios”.
Con esto, el gobierno federal reconoce nuevamente que el turismo es uno de los principales motores económicos del país, el gobierno de México considera esencial continuar implementando políticas que fortalezcan esta actividad, en particular en aquellas regiones donde arriban cruceros internacionales.
Por esta razón, se establece un estímulo fiscal progresivo que beneficie a los pasajeros extranjeros que ingresen al país por vía marítima, durante el periodo comprendido del 1o. de julio de 2025 al 30 de septiembre de 2030.
El estímulo se aplicará sobre el pago del derecho relacionado con la expedición del documento migratorio para visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas, contemplado en el artículo 8, fracción I, de la LFD. Este beneficio tendrá una aplicación gradual para permitir una adaptación ordenada por parte del sector y los visitantes.
El estímulo fiscal consistirá en una cantidad equivalente al resultado de restar a la cuota del derecho migratorio una cantidad determinada. Esta última se calculará multiplicando un factor específico por el tipo de cambio del dólar estadounidense publicado por el Banco de México en el durante el mes anterior al momento en que se cause la obligación de pago.
Con el objetivo de minimizar impactos negativos en el corto plazo y permitir una transición ordenada para el sector turístico, el estímulo se aplicará de forma escalonada. Esto facilitará que tanto las empresas como los turistas se ajusten gradualmente al nuevo esquema de cobro, sin afectar la competitividad de México como destino de cruceros.
Dado que algunas rutas de crucero incluyen múltiples entradas a México dentro de un mismo viaje (tras visitar otros países), se ha considerado otorgar un estímulo adicional. En estos casos, los pasajeros que reingresen al país a bordo del mismo crucero podrán acreditar el 100 % del derecho migratorio, siempre que se haya cubierto el pago correspondiente al primer ingreso y los reingresos formen parte de una misma travesía.
Para finalizar, es necesario comentar que el segundo estímulo entra en vigor el 1o. de julio de 2025 y concluirá su vigencia el 30 de septiembre de 2030.