Controversias con autoridad fiscal, ¿afectan flujo de
empresas?

Los problemas con la autoridad fiscal pueden demorar el tiempo suficiente como para poner en peligro las operaciones de las empresas, aseguró un experto en derecho fiscal
Las facultades de comprobación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que están reguladas por el Código Fiscal de la Federación (CFF), podrían poner en peligro las operaciones y supervivencia de las empresas en México.
En la mesa redonda: "El panorama legal de México", organizada el 17 de julio de 2025 por la firma legal BASHAM, el abogado especializado en derecho fiscal y socio de dicho despacho, Gerardo Nieto, señaló que los contribuyentes personas físicas enfrentarán retos en materia de devoluciones, pero más específicamente en resolución de controversias contra la autoridad fiscal.
Sobre ese punto, el experto ejemplificó que si el fisco quiere cobrar 100 millones de pesos por un impuesto, y ese monto está conformado por varias cantidades, como 40 millones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y 30 millones de Impuesto al Valor Agregado (IVA), el contribuyente puede irse a un juicio de nulidad.
"Cuando uno se iba a un litigio porque el fisco le quería cobrar algo que el contribuyente estima que no debe, casi siempre es o todo o nada. En casos como esos no hay mucho qué negociar, porque o es verde o rojo, o son 100 millones o no es nada, y eso muchas veces dificulta el avance y se alentan por las pruebas que se ofrecen", lo cual, de nueva cuenta afecta las operaciones de los contribuyentes, puntualizó Gerardo Nieto.
El socio de BASHAM explicó que la aplicación de deducciones "se aplican hasta el final del año, no cada mes", y a partir de ellos se determina la "utilidad fiscal de ese año", no obstante, a través de las facultades de comprobación, el fisco puede requerir más información.
En la mesa redonda de BASHAM, el especialista en derecho fiscal recordó que los contribuyentes pueden solicitar su devolución en un periodo no mayor de hasta 5 años, "que es el mismo tiempo en que prescribe la obligación del fisco a devolver esas cantidades", añadió, no obstante, es ahí donde empieza el problema con el SAT.
Sobre ello, compartió que como regla general, el fisco tiene 40 días para hacer la devolución, sin embargo, el periodo es relativo porque se consideran los hábiles, y entonces el proceso puede tardar hasta dos meses y medio, aunado a que la autoridad fiscal "tiene la facultad de hacer un primer requerimiento de información".
"Es un listado más o menos de 358, 521 puntos que hay que cubrir en un plazo de 10 días. Como la ley no regula en forma muy clara las prórrogas y es muy difícil que las empresas puedan juntar esa información, a veces se piden prórrogas", y tras la presentación, el SAT incluso podría volver a hacer un requerimiento, lo cual prolonga el proceso aún más, comentó el experto.
Aunado a lo anterior, refirió que el fisco pide "una cantidad impresionante de cosas que no necesariamente tiene relación con la información que se le presentó con motivo de su primer requerimiento, es algo totalmente ilegal", sin embargo, el proceso puede prolongarse hasta por cuatro años, por lo que cuestionó: "¿Qué empresa va a aguantar eso cuando necesita de ese flujo para cumplir con su obligación?"
Lo anterior por que la compañía no tiene flujo de caja y por ende, sus operaciones se ven afectadas "para cumplir con el pago de sueldos, el pago a proveedores, de impuestos, etcétera", añadió.
"Las devoluciones generan flujo a las empresas y con ese flujo muchas es que están manteniendo su actividad, y si el fisco les niega esa devolución por aspecto, pretextos o temas formales no jurídicos o por temas que creen que son jurídicos, pero no tienen una una fundamentación clara, les afectan ese flujo, con lo cual podrían no cumplir con sus obligaciones a corto y mediano plazo", refirió.
"El fisco empieza requerir por todos lados cosas que ni siquiera van relacionadas, después inicia ejercicio de facultades de comprobación que se podría ir hasta un año; pero si por algún pretexto considera que no va a devolver, ante la negativa habrá que ir a juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)", dijo Gerardo Nieto.
El socio de BASHAM comentó que en el curso del juicio, el contribuyente puede pedir que se suspende el juicio unos meses, para que de manera paralela se aprovechen los Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC), en donde un facilitador abona a la solución del conflicto entre la persona moral o física y el fisco.
El abogado confesó que aunque esta alternativa es eficaz para los contribuyentes y les permite suspender el juicio hasta por seis meses en lo que llegan a un acuerdo con la autoridad fiscal, el problema actual es que "todavía no hay facilitadores por parte del tribunal para poder llevar a cabo estas reuniones y tratar de mediar o de llegar a algún acuerdo".
Si bien, describió que actualmente el TFJA está capacitando a funcionarios que fungirán como facilitadores, aún no están listos en un 100 %, lo cual implica un reto en la solución de controversias a favor de los contribuyentes no solo en el tiempo inmediato, sino en los próximos meses.
Esto solo nos demuestra que en aras de defensa fiscal, aún hay retos que enfrentar, por ello, recuerda que si tienes dudas en materia fiscal, el servicio de consultoría de IDC en la solución que necesitas, ¡SUSCRÍBETE!