¿Es necesaria una reforma al gravamen del IESPS en México?

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Expertos proponen cambiar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ad-valorem por un esquema ad-quantum
El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IESPS) se implementó con la finalidad de regular el consumo de ciertos productos que son dañinos tanto para el ser humano como para la naturaleza.
Es así como surgió el hecho de gravar productos como:
combustible, gasolina y diésel
bebidas alcohólicas y cerveza
tabacos y cigarros
plaguicidas
alimentos con alto contenido calórico, tales como la chatarra, refrescos y bebidas con azúcares añadidos
No obstante, también grava la prestación de servicios como son los de telefonía e Internet, juegos de azar y sorteos.
El IESPS es un gravamen indirecto dado que su pago recae en el consumidor final; es decir, que los contribuyentes no lo pagan de manera directa sino que lo trasladan al cliente que adquiere el bien o servicio, de que se trate.
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Actualmente, por lo que respecta a la imposición de bebidas alcohólicas, se utiliza un esquema de aplicación conocido como ad-valorem, bajo el cual se grava respecto el precio de venta, en relación con los grados de alcohol que estas contengan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2o., fracción I, inciso a) de la Ley del IESPS (LIESPS):
graduación alcohólica de hasta 14° G.L, 26.5 %
graduación alcohólica de más de 14° y hasta 20° G.L, 30 %
una graduación alcohólica de más de 20° G.L, 53 %
No obstante, algunos especialistas en la materia consideran que el esquema ad-valorem, es obsoleto en la actualidad, proponiendo así mejoras que inhiban malas prácticas en la enajenación de estos productos, y por ende, se reduzca la evasión en el pago de impuestos y afectaciones en la salud.
Es así como, a través del conversatorio “Optimización del esquema fiscal de las bebidas alcohólicas: propuesta de reforma”, organizado por el Colegio de México (COLMEX), el doctor Gerardo Esquivel expone el estudio efectuado de la mano del doctor Williams Peralta, mediante el cual se detallan los puntos favorables de realizar la sustitución al esquema ad-quantum.
Es necesario precisar que, el gravamen ad-quantum se refiere a determinar un impuesto específico respecto a la cantidad del contenido del producto, con independencia del precio fijado para su venta.
Dada la situación fiscal del país, y tomando en cuenta las malas prácticas de evasión que existen, al efectuar su estudio se consideran cuatro implicaciones importantes en la aplicación del impuesto ad-quantum:
estructura de mercado: se incentiva que la producción de las bebidas alcohólicas sea de mayor calidad, generando mayor variedad en el mercado, pues los fabricantes no se enfocarían en una competencia en cuanto a precio, ya que actualmente la atención se encuentra en dicha competencia en cuanto, lo cual provoca que su elaboración pueda ser más dañina a la salud
correcciones de externalidades: al fijar el impuesto según el contenido de alcohol, aumentaría su costo y, en consecuencia, esto podría reducir el consumo entre las personas dada la poca accesibilidad en el precio final
recaudación fiscal: si el impuesto se fija de manera directa a los productores y fabricantes minimiza la evasión en el pago del impuesto, logrando una recaudación amplia por cada unidad enajenada
equidad (distribución): el impuesto continuaría siendo progresivo; sin embargo, su aplicación se dará de forma uniforme según el volumen o grado alcohólico y no en torno a los gastos de producción estrictamente
Finalmente, en el evento referido varios especialistas coincidieron en que es necesaria una reforma fiscal, en cuyo caso, habrá que evaluar cada uno de los beneficios y efectos adversos que se pueden dar al modificar el valor ad-quantum para el pago del IESPS, pues hasta el momento solo se hizo respecto de un caso particular en cuanto a bebidas alcohólicas; no obstante, es necesario conocer las consecuencias de su aplicación al resto de productos y servicios.