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DOM 19/10
TDC 18.3477
MIE 10/09
INPC 141.1970
VIE 01/08
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
La suplantación fiscal genera créditos falsos, embargos y devoluciones indebidas que pueden tener consecuencias legales al contribuyente
El robo de identidad fiscal es uno de los delitos que más consecuencias legales puede ocasionar a la víctima si no logra identificarse a tiempo, ya que la autoridad fiscal puede aplicar sanciones al contribuyente si no cuenta con registros previos de una denuncia. Es por ello, indispensable reconocer las señales de una suplantación de identidad para evitar acciones como embargos y créditos fiscales que terminen en prisión.
Los riesgos que declaren a tu nombre
En los últimos años, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) detectó casos donde terceros presentan declaraciones a nombre de otros contribuyentes, solicitan devoluciones fraudulentas o abren cuentas bancarias para recibir depósitos de manera ilícita.
También se han identificado personas dadas de alta ante el IMSS como empleadores, sin saberlo, lo que provoca la inmovilización de cuentas y la generación de deudas con el Infonavit. En ambas situaciones la PRODECON consiguió la nulidad de una cédula de liquidación, al demostrarse que la contribuyente nunca se registró como patrona ni tuvo empleados a su cargo.
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Procesos para resolver un robo de identidad fiscal
En caso de ser víctima de robo de identidad fiscal, los contribuyentes deben acercarse a la PRODECON, donde el organismo cuenta con un protocolo específico para atender posibles robos de identidad, el cual se basa en lo siguiente:
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Detener de inmediato los trámites o devoluciones sospechosas
Apoyar en la renovación de contraseñas y firma electrónica
Solicitar información a las autoridades sobre cómo se realizaron los trámites
Brindar representación legal gratuita ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Además, la Procuraduría mantiene coordinación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para verificar la autenticidad de cuentas bancarias o documentos digitales que se usaron indebidamente.
Para evitar ser víctima, la PRODECON recomienda mantener bajo resguardo la contraseña y la e.firma, ya que tienen el mismo valor jurídico que la firma autógrafa. También sugiere revisar periódicamente el Buzón Tributario, validar los CFDI emitidos y recibidos, así como actualizar los medios de contacto registrados ante el SAT.
Es por ello que si detectas movimientos o trámites que no reconoces, debes cambiar tus claves de acceso, denunciar penalmente la suplantación e informar a las autoridades fiscales para que bloqueen el uso de tus datos.
Consecuencias penales del robo de identidad fiscal
El robo o suplantación de identidad fiscal, además de generar afectaciones tributarias, constituye un delito previsto en el artículo 211 Bis del Código Penal para la Ciudad de México, el cual sanciona con penas de uno a cinco años de prisión y de 400 a 600 días multa a quien se apropie o use los datos de identidad de otra persona, viva o fallecida, con el propósito de obtener un beneficio indebido o causar un daño patrimonial.
Este mismo precepto contempla un agravante cuando la conducta se comete aprovechando la homonimia, parecido físico o de la voz de la víctima, lo que puede incrementar la pena hasta en una mitad.
De acuerdo a la Procuraduría, la suplantación de identidad no es un problema nuevo o ligado exclusivamente a la digitalización de los trámites, pero se multiplicó en los últimos años con la aplicación de estos sistemas. Es por ello que cuidar las claves electrónicas, revisar con frecuencia el Buzón Tributario y vigilar la emisión de comprobantes son medidas esenciales para evitar fraudes y mantener la seguridad fiscal.