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El SAT aclaró que la reforma al Código Fiscal no implica vigilancia a usuarios, sino fortalecer la recaudación del IVA en plataformas digitales
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó que la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en materia de plataformas digitales tenga fines de vigilancia o espionaje sobre los usuarios. Es por ello, que emitió un comunicado donde aclaró que el cambio aprobado por la Cámara de Diputados tiene un alcance exclusivamente fiscal y se enfoca en mejorar la recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el comercio digital.
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SAT aclara implicaciones de reforma al CFF
A través de una tarjeta informativa, el SAT precisó que es falso que la modificación al marco jurídico fiscal se traduzca en una “ley espía”. Según el comunicado, el nuevo artículo 30-B del CFF únicamente establece que las plataformas deberán permitir a la autoridad tributaria el acceso en línea y en tiempo real a la información que permita comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales, sin que esto implique revisar la actividad de los usuarios ni los datos personales almacenados en dichas plataformas.
El organismo subrayó que la medida se limita a la información fiscal relacionada con el IVA y tiene como objetivo hacer más eficiente la recaudación y combatir la evasión en el sector digital.
“En ningún momento se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a su actividad en las plataformas”, puntualizó.
¿Qué contempla el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación?
La reforma aprobada dentro del Paquete Económico 2026 incorpora el artículo 30-B al CFF, con el que se busca que las plataformas tecnológicas que ofrezcan bienes o servicios digitales a residentes o no en México faciliten la verificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Este artículo dispone que las autoridades fiscales podrán tener acceso directo, en tiempo real y de forma controlada, únicamente a la información contenida en los sistemas de las plataformas relacionada con las operaciones sujetas a impuestos, particularmente en materia de IVA.
Esta modificación no se incluye ningún tipo de acceso a información personal, historiales de consumo ni actividad de los usuarios. De acuerdo con el SAT, esta disposición representa un paso más hacia la digitalización de los procesos de fiscalización, pero sin vulnerar los derechos de privacidad reconocidos en la Constitución.
¿Cuál es el objetivo de la reforma?
La intención de la medida es fortalecer los mecanismos de control sobre las retenciones de IVA que las plataformas ya están obligadas a efectuar desde 2020, cuando México incorporó a las empresas digitales al régimen de tributación. Al contar con información en línea, la autoridad podrá detectar de manera más ágil omisiones o inconsistencias en el traslado y entero del impuesto.
Sin embargo, expertos en materia fiscal señalan que este tipo de herramientas son parte de una tendencia global hacia la automatización del cumplimiento tributario, siempre que se respeten los límites legales establecidos en materia de protección de datos personales.