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LUN 08/12
TDC 18.1860
VIE 10/10
INPC 141.7080
MIE 01/10
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
La autoridad fiscal precisó que el cobro de ISR sobre el aguinaldo no es una medida nueva, sino una disposición vigente
Ante la difusión de "rumores" que advertían un “nuevo impuesto al aguinaldo”, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que el pago de Impuesto sobre la Renta (ISR) ya está previsto desde hace años en la legislación fiscal, y que solo aplica sobre el excedente del monto que se estable por ley. De acuerdo con el organismo, el tratamiento que se aplicará en diciembre de 2025 será el mismo que rige actualmente, por lo que no habrá cambios ni nuevos cobros.
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¿Qué dice la Ley del ISR sobre el aguinaldo?
De acuerdo a la Ley
del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su artículo
93, fracción XIV, establece que los aguinaldos están exentos
hasta el equivalente a 30 días de salario mínimo general
vigente (actualmente Unidad de Medida y Actualización -UMA-).
“Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, estarán exentas hasta el equivalente del salario mínimo general elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general”. Artículo 93, fracción XIV
Esto significa que no se paga ISR por aguinaldos que no rebasen ese tope, y que el impuesto se calcula únicamente sobre la parte que exceda esa cantidad.
¿Quiénes están exentos y quiénes no?
Con el valor diario de la UMA vigente de $113.14, el límite exento es de $3,439.46 (dato extraído del Diario Oficial de la Federación del 10 de enero de 2025). En consecuencia, los trabajadores que reciben el salario mínimo o perciben aguinaldos de 15 días están totalmente exentos del pago de ISR.
Por el contrario, los empleados con ingresos superiores al tope referido y que reciban más días de aguinaldo sí deberán pagar ISR sobre el excedente, conforme a las tablas y tarifas establecidas en el artículo 96 de la LISR.
¿Cómo se calcula el ISR del aguinaldo?
De acuerdo con la especialista Virginia Ríos, un trabajador que gana $12,000.00 mensuales; es decir, un ingreso superior al salario mínimo normalmente paga $1,033.00 de ISR por su salario mensual. Sin embargo, con 15 días de aguinaldo gravado, el impuesto a retener ascendería a $1,482.00, lo que representa una diferencia de $449.00 adicionales.
En este caso, el cálculo parte de un aguinaldo de $6,000. 00, del cual solo una parte se considera exenta, mientras que el resto se suma al salario mensual para determinar el impuesto total. Esta diferencia no corresponde a un nuevo impuesto, sino al efecto natural de acumular ingresos adicionales en el mes, lo que eleva la base gravable y la tasa aplicable de ISR.
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Es por ello, que el SAT reiteró que el cobro de ISR sobre el aguinaldo no es una reforma nueva, sino una regla permanente prevista en la LISR, por lo que los empleados con salario mínimo no pagarán ISR por su aguinaldo, y el resto solo verá un ajuste proporcional sobre el excedente.
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