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TDC 18.4145
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INPC 141.1970
VIE 01/08
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
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El SAT simplificó los lineamientos para tramitar la e.firma, reduciendo requisitos para personas físicas
Fue el pasado 7 de abril y el 13 de mayo de 2025 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación las fichas 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para personas físicas” y 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma para personas físicas”, incluidas en el Anexo 1-A de la Segunda y Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2025.
Dichas actualizaciones forman parte de las acciones de simplificación impulsadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para facilitar los trámites fiscales, los cuales la Procuraduría de la Defensa del contribuyente (PRODECON) explica los requisitos y pasos a seguir en este nuevo proceso.
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¿Cuáles son los requisitos para generar la e.firma?
De acuerdo con la ficha 105/CFF, los contribuyentes que necesitan generar el certificado de e.firma deben de cumplir con lo siguiente:
- Cita previa en las oficinas del SAT
- Memoria USB para almacenar el certificado
- Identificación oficial vigente. Si la credencial para votar incluye el domicilio visible dentro del territorio nacional, se acepta también como comprobante de domicilio
No obstante, esta simplificación no aplica para ciertos casos de contribuyentes, los cuales fueron agrupados en la lista de ficha de trámite, entre ellos se encuentran:
- Menores de edad
- Personas físicas con incapacidad legal judicialmente declarada
- Contribuyentes en apertura de sucesión
- Contribuyentes declarados ausentes
- Contribuyentes privados de su libertad
- Contribuyentes clínicamente dictaminados en etapa terminal
Proceso simplificado para la renovación del certificado de e.firma
Por su parte, la ficha 106/CFF establece que los contribuyentes pueden renovar su e.firma aplicando los siguientes pasos:
- Presentar su USB
- Huella dactilar como medio de acreditación de identidad y domicilio siempre que su último certificado no tenga más de cinco años de haberse emitido, o no tenga más de un año de vencimiento
En este sentido, el SAT precisó ante la PRODECON que
incluso si la e.firma supera un año de vencimiento, se puede usar la huella dactilar
para acreditar identidad y domicilio, siempre que no hayan pasado más de cinco
años desde la emisión del último certificado.
La PRODECON ofrece asesoría gratuita
En caso de dudas sobre los requisitos o el procedimiento para generar o renovar la e.firma, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente ofrece asesoría gratuita a través de sus canales digitales y personales como son los siguientes:
- Correo: atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx
- Teléfonos: 55 1205 9000 para la CDMX) y 800 611 0190 para el resto de la república, 55 1205 9000 desde el extranjero
- Chat en línea desde el portal de la PRODECON
- Cita personalizada a través de su portal
- Delegaciones disponibles por medio de su sitio web
Recuerda que mantener vigente el certificado de e.firma es indispensable ya que permite a realizar diversos trámites como presentar recursos de revocación a través del buzón tributario o ingresar a los aplicativos para cumplir con las obligaciones de presentar declaraciones de pago de impuestos provisionales o definitivos.