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LUN 10/11
TDC 18.3922
VIE 10/10
INPC 141.7080
VIE 01/08
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
El SAT recordó que las personas físicas pueden deducir gastos médicos, educativos y donativos, siempre que cumplan requisitos fiscales específicos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las personas físicas tienen derecho a incluir deducciones personales en su declaración anual, siempre que los comprobantes fiscales cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Estas deducciones pueden ayudar a disminuir la base gravable y, por tanto, el monto total del Impuesto sobre la Renta (ISR).
¿Cuáles son los requisitos para que un gasto sea deducible?
El SAT enfatizó la importancia de revisar cuidadosamente las facturas electrónicas de los gastos que se deseen deducir. Para que un gasto sea considerado deducible, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Contar con la factura electrónica (CFDI) correspondiente a cada servicio o producto.
- Verificar que el RFC del contribuyente esté capturado correctamente.
- Confirmar que el concepto registrado coincida con el servicio o producto adquirido.
- Efectuar el pago mediante transferencia, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo a nombre de la persona que realizará la deducción.
El organismo fiscal recomendó solicitar las facturas de manera mensual y mantenerlas organizadas a lo largo del año, para así facilitar su revisión durante el proceso de declaración anual.
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¿Qué tipos de gastos que pueden deducir?
Las personas físicas pueden deducir diversos gastos personales conforme a lo establecido por el SAT, entre ellos:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de seguros de gastos médicos mayores
- Colegiaturas y transporte escolar
- Créditos hipotecarios
- Depósitos en cuentas de ahorro, aportaciones voluntarias y complementarias para el retiro
La autoridad fiscal recordó que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, cerca de 206,367.60 pesos a valor de 2025 o el 15% del total de ingresos, incluidos los exentos, aplicándose el límite que resulte menor.
Deducciones no aplicables en el Régimen Simplificado de Confianza
El SAT precisó que las personas contribuyentes que tributen o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales dentro de su declaración anual, ya que este esquema cuenta con reglas específicas sobre ingresos, deducciones y tasas preferenciales.
Asimismo, la autoridad invitó a los contribuyentes a cumplir de forma anticipada con la verificación de sus comprobantes y a conservar la documentación que respalde sus deducciones. Reiteró que el cumplimiento correcto de estas obligaciones fiscales fortalece la cultura contributiva y contribuye al bienestar del país.