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MAR 02/12
TDC 18.2757
VIE 10/10
INPC 141.7080
MIE 01/10
RECARGOS FEDERALES 1.47%
SAB 01/02
UMA 113.14
Las personas pensionadas o jubiladas que rentan una propiedad deben actualizar sus actividades fiscales y cumplir obligaciones según el régimen aplicable
Cuando una persona pensionada o jubilada obtiene ingresos adicionales por arrendamiento de una casa habitación, departamento, local comercial o servicio de hospedaje adquiere obligaciones fiscales específicas. Es por ello, que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recordó que es indispensable presentar el aviso de actualización de actividades económicas para incorporarse a uno de los tres el regímenes correspondiente y evitar incumplimientos ante la autoridad.
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1- RESICO: opción para ingresos menores a tres millones y medio
Las personas pensionadas o jubiladas pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) siempre que sus ingresos del ejercicio anterior no excedan los 3,500,000 de pesos. En este régimen, el impuesto se determina aplicando una tasa directa sobre los ingresos sin considerar deducciones, en este caso, las tasas aplicables van de 1.0 al 2.50%.
Entre las obligaciones incluyen:
- Emitir comprobantes fiscales
- Realizar pagos mensuales.
Asimismo, la modalidad está diseñada para facilitar el cumplimiento, ya que simplifica el cálculo y reduce la carga administrativa.
2- Régimen de arrendamiento: deducciones autorizadas y tarifa progresiva
Otra opción para quienes reciben ingresos por renta es tributar bajo el régimen de arrendamiento. Aquí se permite disminuir deducciones autorizadas, como el pago del predial, gastos de mantenimiento, pagos de servicios relacionados con la propiedad, entre otros. Aunque, también puede aplicarse una deducción opcional directa del 35% sobre los ingresos percibidos.
Para aplicar este impuesto se calcula aplicando la tarifa progresiva establecida en la ley, que va desde el 1.92 hasta 35% según el nivel de ingresos, el cual puedes determinar con nuestra calculadora de ISR. Además, entre las obligaciones a cumplir se encuentran:
- Emitir comprobantes fiscales
- Presentar pagos mensuales
- Realizar declaración anual
- Llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación
3- Servicios de hospedaje a través de plataformas digitales
Para la persona pensionada o jubilada que obtiene ingresos por ofrecer hospedaje mediante plataformas tecnológicas, las obligaciones cambian en estos casos:
- La plataforma retiene el 4% de los ingresos
- Cuando el contribuyente no supera 300,000 pesos anuales, dicha retención se considera pago definitivo
- Si excede ese monto, deberá presentar pago mensual, así como declaración anual
También debe emitir comprobantes fiscales por los servicios prestados. Este esquema aplica únicamente cuando el ingreso proviene de servicios de hospedaje y no de arrendamiento tradicional.
La importancia de actualizar actividades y elegir el régimen correcto
Para cumplir con las obligaciones fiscales, el primer paso consiste en presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones. Esto permite establecer formalmente el régimen aplicable y evita omisiones que puedan derivar en requerimientos, multas o revisiones por parte de la autoridad fiscal.
Por este motivo, es importante que la elección del régimen sea el más adecuado según el monto de ingresos, el tipo de actividad y la conveniencia de aplicar deducciones o tasas directas. Pero es importante analizar que cada esquema implica obligaciones distintas y niveles de carga administrativa que deben evaluarse según la situación del contribuyente.
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