Créditos de la imágen: Imagen generada por la IA de Gemini
MIE 08/04
TDC 17.7580
MAR 10/02
INPC 144.3070
DOM 01/03
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Para acceder a la devolución automática del saldo a favor, los contribuyentes deben contar con su RFC, contraseña y e.firma vigente (obligatoria si el saldo supera los $10,001 MXN).
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó, a través de un comunicado, que se han autorizado 2,179 millones de pesos en devoluciones de saldo a favor por impuesto sobre la renta (ISR), beneficiando a 608,119 contribuyentes.
Dicho importe será devuelto en un tiempo promedio de tres días; es decir, un plazo menor a los 40 días que establece el Código Fiscal de la Federación para la autoridad tributaria. El SAT señaló que gracias al cumplimiento de los contribuyentes, se han presentado, con corte a las 8:00 horas del 7 de abril, 2,628,571 declaraciones.
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Al presentar tu declaración anual, hay dos posibles resultados:
- Saldo a favor. Puede resultar una cantidad a tu favor después de realizar el cálculo anual de tus ingresos, deducciones y retenciones. En este caso, puedes solicitar la devolución y seleccionar una cuenta bancaria a tu nombre o registrar una nueva.
- Saldo a cargo. Si el resultado es una cantidad a pagar, puedes hacerlo en una sola exhibición o hasta en seis parcialidades, siempre y cuando presenten la declaración dentro del plazo.
¿Cómo saber si tienes saldo a favor en el SAT?
Una vez que hayas presentado tu declaración, ingresa a tu Buzón Tributario y verifica si el SAT reporta “saldo a favor a devolver”. Si lo tienes, puedes solicitarlo en automático o manualmente con el FED.
Para recibir el saldo a favor debes haber cumplido con:
- Declaración presentada con e.firma o contraseña válida
- CLABE interbancaria activa y a tu nombre
- CFDIs de deducciones válidos y timbrados
- Declaración sin errores ni omisiones
Sin embargo, el SAT puede negar la devolución si tienes:
- CFDIs emitidos por contribuyentes en lista negra (Art. 69 y 69-B CFF)
- Diferencias entre ingresos reportados y retenidos
- CLABE no válida o registrada por otro contribuyente
- Errores en la declaración o presentación extemporánea
Si tu solicitud de devolución fue rechazada, puedes presentar una complementaria o una solicitud manual durante junio y agosto.
En caso de tener saldo en contra, deberás realizar un pago adicional al SAT para cubrir la diferencia entre lo que pagaste durante el año y tu obligación real. Si no atiendes esta responsabilidad de manera oportuna, serás acreedor a recargos y multas que incrementarán la cantidad final.
Fecha límite y requisitos para la declaración anual de personas físicas 2025
El 1 de abril inició el periodo para la presentación de la declaración anual 2025 de personas físicas y concluye el 30 del mismo mes. La plataforma está disponible los siete días de la semana y las 24 horas del día.
La autoridad fiscal puso a disposición de los contribuyentes un calendario informativo que permite identificar los días en los que habitualmente se registran menos ingresos al sistema, lo cual permite planificar de mejor manera cuando presentar la declaración.
Para presentar tu declaración anual necesitas tener:
- RFC
- Contraseña
- e.firma (si tu saldo a favor es igual o mayor a 10,001 pesos)
Se tiene previsto que este año se presenten más de 11 millones 424 mil declaraciones anuales, lo que significa un incremento de 3% respecto al año anterior.