Expedición simultánea de comprobantes
Si emites facturas electrónicas, podrás bajo ciertos requisitos, emitir de manera simultánea comprobantes impresos
Fiscal Contable
Durante 2011, los contribuyentes podrán expedir comprobantes tanto electrónicos como digitales e inclusive combinarlos, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:
¿Emites CFD? | Tipo de comprobante impreso que pueden emitir | Ingresos | Requisitos y fundamento |
Factura en papel con cédula fiscal | No importa el monto | Sin dictamen Con Informe mensual Regla I.2.11.8. | |
Factura en papel con CBB | Hasta 4 millones de pesos | Sí, sin importar monto de la operación Regla I.2.23.2.2. | |
Superiores a 4 millones de pesos | Sí, pero sólo respecto de operaciones que no excedan de $2,000. Regla I.2.23.2.1. | ||
¿Emites CFDI? | Factura en papel con cédula fiscal | No importa el monto | Sí, conforme al Art. 10 Transitorio, fracción II CFF |
Factura en papel con CBB | Hasta 4 millones de pesos | Sí, sin importar monto de la operación | |
Superiores a 4 millones de pesos | Sí, pero sólo respecto de operaciones que no excedan de $2,000. Regla I.2.23.2.1 |
Como se aprecia, es factible combinar los diversos tipos de facturación, para lo cual cada contribuyente deberá evaluar su situación particular y elegir la que le resulte más conveniente.