Revisa los beneficios para importar automóviles de forma temporal al territorio de esa entidad



Esta semana el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en el DOF la prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2015, de la vigencia de un Convenio con el que se otorgan facilidades en la internación temporal de vehículos de procedencia extranjera, si estos son propiedad de turistas foráneos, y mexicanos residentes en otro país.

El documento extiende así el plazo para que este tipo de automóviles circulen -exclusivamente- en el territorio del estado de Sonora. Este Convenio, publicado originalmente en el DOF del 25 de noviembre de 2005, establece los siguientes beneficios:

  • Zona libre circulación en el estado de Sonora 

Los vehículos extranjeros propiedad de turistas extranjeros o mexicanos residentes en el extranjero, pueden circular libremente por el noroeste del estado de Sonora (zona verde del mapa), sin que sea necesario contar con ningún tipo de permiso para su importación temporal. 

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 -  (Foto: Redacción)

 

  • Permiso de importación temporal de vehículos “Sólo Sonora” para internarse temporalmente al resto del Estado de Sonora

Para internar el vehículo al resto del territorio del estado de Sonora y siempre que su internación se restringa a los límites del estado, se debe tramitar un permiso de importación temporal “Sólo Sonora”, cumpliendo con los requisitos legales aplicables, a excepción del depósito en garantía.

El permiso se puede tramitar en:

  • Ventanillas de Banjercito: 
    • Módulo de Banjercito ubicado en el Km. 98 de Empalme, Son. (Carretera Cd. Obregón – Guaymas)
    • Módulo de Banjercito ubicado en las Aduanas de Agua Prieta y Cananea 
    • Consulado de México en Phoenix, AZ.

Los vehículos propiedad de extranjeros o de mexicanos residentes en el extranjero deberán contar con placas extranjeras de circulación vigentes, y podrán ser conducidos en el estado por el propietario, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos siempre que sean extranjeros o mexicanos residentes en el extranjero. Si es conducido por cualquier otra persona invariablemente deberá encontrarse a bordo del mismo el propietario del vehículo.

Independientemente de lo anterior, los extranjeros y mexicanos residentes en el extranjero que deseen importar temporalmente vehículos para internarse a cualquier destino dentro del territorio nacional, podrán realizar los trámites correspondientes en los módulos de BANJERCITO, establecidos en cualquier aduana ubicada en la franja fronteriza con los Estados Unidos de América, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Aduanera y demás disposiciones legales aplicables.

 




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