El SAT otorgó la prórroga después de sostener reuniones con varias asociaciones
La prórroga para el envió de la contabilidad electrónica se produjo tras el análisis de diversos especialistas en la materia que solicitaron al Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplazar esa obligación, ya que muchas empresas del país no tienen las herramientas necesarias para el cumplimiento.
En días pasados, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), y la Asociación Mexicana de Tecnologías de la Información (AMITI), coincidieron que existía una imposibilidad para dar cumplimiento a la fracción III, de la regla 2.8.1.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015.
“Las nuevas fechas atienden a una solicitud de los contribuyentes hecha a través de las instituciones organizadas con las que el SAT ha venido revisando el tema”, precisó la dependencia en un comunicado.
En ese sentido, el organismo señaló que la información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales y físicas, respectivamente.
Además lo que corresponde a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015.
Cabe señalar que la información de las pólizas a las que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.
Asimismo, la dependencia indicó que en su portal de Internet ya existe una regla para brindar la facilidad de presentar la información contable en las fechas antes señaladas, y en los próximos días será publicada en el Diario Oficial de la Federación.