Check up fiscal para médicos

Conoce las disposiciones que deben aplicar estos contribuyentes para cumplir correctamente con sus obligaciones

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 -  (Foto: Redacción)

La salud es un anhelo de los seres humanos, es por ello que en nuestro país el derecho a la protección de la salud se encuentra reglamentado en la Constitución (artículo 4), y es a través de la Ley General de Salud que se posibilita jurídicamente ese derecho. Para que el Estado pueda cumplir con esa obligación, es necesaria la formación de profesionales, en instituciones públicas o privadas de educación superior, que proporcionen los conocimientos teórico y prácticos necesarios para el ejercicio de la medicina.

La carrera en cuestión tiene un amplio campo de trabajo donde los profesionistas pueden desarrollarse en áreas como la:

  • docencia
  • investigación
  • servicios en sector público (IMSS, ISSSTE, Petróleos Mexicanos, Secretaría de la Defensa Nacional)
  • servicios en el sector privado (consultorios propios, de terceros, industria, etc.)

La prestación de servicios médicos se desarrolla personal o colectivamente. Personalmente puede brindase de forma subordinada o independiente, por lo cual se tributa en el régimen de salarios o de honorarios respectivamente.

Los servicios a través de figuras colectivas pueden prestarse por asociaciones o sociedades civiles, o bien sociedades anónimas.

Los ingresos por la prestación de estos servicios son objeto de diversos impuestos federales, tales como el ISR e IVA.

A partir de mañana abordaremos el tratamiento fiscal y las principales obligaciones que deben observar los médicos que proporcionan sus servicios de forma independiente.