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Cuando se trate de inversiones que si estén relacionadas con el costo de lo vendido, la depreciación obtenida no se incluirá como un gasto deducible

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 -  (Foto: Redacción)

La licencia de software, debe considerarse como un gasto diferido, al encuadrar en el concepto que la LISR establece para ello por lo tanto el por ciento de deducción anual es del 15 % (art. 33, fracc. III, LISR).

El señor Carlos Martínez Morales adquirió en enero de 2015, un software para llevar la contabilidad de su negocio, y desea conocer el monto que podrá deducir en este ejercicio conforme a lo siguiente:

Monto pagado por la adquisición del software

  Concepto Importe
  Precio del software $36,540.00
Más: Honorarios de instalación y capacitación 11,654.00
Igual: Total 48,194.00
Más: IVA 7,711.04
Igual: Monto pagado por la adquisición del software $55,905.04

Como se observa, además del costo del software se incurrió en otros cargos necesarios para su implementación, sin embargo, estos no quedan comprendidos en el segundo párrafo del artículo 31 de la LISR, por lo tanto no se considerarán dentro del MOI, el cual solo se integrará con el precio del software.

Depreciación del ejercicio actualizada

  Concepto Importe
  MOI $36,540.00
Por: Por ciento de depreciación anual 15 %
Igual: Depreciación anual 5,481.00
Entre: Meses del ejercicio 12
Igual: Depreciación mensual 456.75
Por: Meses completos de uso 11
Igual: Depreciación del ejercicio 5,024.25
Por: Factor de actualización 1
Igual: Depreciación del ejercicio actualizada $5,024.25

Factor de actualización

  Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio (junio 2015) 115.958
Entre: INPC del mes de adquisición (enero 2015) 115.954
Igual: Factor de actualización 1.0000

Depreciación ligada al costo de lo vendido

Las personas morales deben tener presente que cuando los bienes por los que se determina la depreciación no se encuentran directamente relacionados con la producción de mercancías o prestación de servicios que integren el costo de lo vendido, la depreciación actualizada será la deducción que podrán disminuir de sus ingresos acumulables.

Ahora bien, cuando se trate de inversiones que si estén relacionadas con el costo de lo vendido, la depreciación obtenida no se incluirá como un gasto deducible del ISR, pues ésta integrará al costo de lo vendido y se disminuirá dentro de éste cuando las mercancías correspondientes sean enajenadas (art. 39, LISR).

Tomando el supuesto de la empresa “Tecno Hogar, S.A. de C.V.”, quien desea conocer la depreciación correspondiente al ejercicio 2015, de la maquinaria industrial utilizada para la producción de sus artículos plásticos, misma que fue adquirida en abril de 2013 por $1,054,300.00.

Depreciación del ejercicio actualizada

  Concepto Importe
  MOI $1,054,300.00
Por: Por ciento de depreciación anual 9 %
Igual: Depreciación anual 94,887.00
Por: Factor de actualización 1.0631
Igual: Depreciación del ejercicio actualizada $100,874.37

Factor de actualización

  Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo de utilización en el ejercicio (junio 2015) 115.958
Entre: INPC del mes de adquisición (abril 2013) 109.074
Igual: Factor de actualización 1.0631

La deducción de la inversión por esta maquinaria se incluirá en el costo de lo vendido del ejercicio.

Estado de producción y ventas del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

  Concepto Parcial Importe
  Inventario inicial de materias primas   $235,717.00
Más: Compras de materias primas   328,217.00
Igual: Materias primas disponibles   563,934.00
Menos: Inventario final de materias primas   217,182.00
Igual: Total de materias primas utilizadas   346,752.00
Más: Mano de obra directa utilizada   104,586.00
Igual: Costo primo   451,338.00
Más: Cargos indirectos   189,077.37
       Materia prima indirecta 19,153.00  
       Mano de obra indirecta 19,769.00  
       Diversas erogaciones fabriles 49,281.00  
       Depreciaciones fabriles 100,874.37  
Igual: Costo de la producción procesada   640,415.37
Más: Inventario inicial de producción en proceso   193,462.00
Igual: Producción en proceso disponible   833,877.37
Menos: Inventario final de producción en proceso   319,591.00
Igual: Costo de la producción terminada   514,286.37
Más: Inventario inicial de artículos terminados   380,588.00
Igual: Artículos terminados disponibles   894,874.37
Menos: Inventario final de artículos terminados   409,733.00
Igual: Costo de lo vendido   $485,141.37

En el rubro de depreciaciones fabriles debe incluirse la de toda la maquinaria y equipo relacionada con la producción. Para este caso, solo se contaba con la maquinaria señalada.