Ajustes a la e-contabilidad

Se acota quiénes pueden utilizar la herramienta de `Mis cuentas´ para enviar su información contable

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 cc  (Foto: Redacción)

Por Joyce Pasantes

Este 29 de septiembre de 2015 se publicó en el DOF la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2015.

Entre los cambios que contempla este documento están los relativos a la e-contabilidad; mismos que a continuación detallamos.

Los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, las personas físicas que presten servicios profesionales independientes con ingresos anuales menores a dos millones de pesos, las sociedades, las asociaciones civiles y los fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles podrán utilizar la herramienta “Mis cuentas” para enviar al SAT su información contable cada mes (reglas 2.8.1.4., 2.8.1.5. y 2.8.1.9.).

Asimismo la resolución aclara que las demás personas físicas y las asociaciones religiosas que optaron por emplear la aplicación Mis cuentas” no deberán emplear el buzón tributario para el envío mensual de su e-contabilidad.