Conoce los criterios para invernaderos hidropónicos que el SAT ha emitido a favor de los contribuyentes



Por Berenice Chávez

Como cada mes, la autoridad fiscal dio a conocer las resoluciones favorables más importantes  sobre las consultas realizadas por  los contribuyentes.

Así en agosto se publicaron las siguientes:

Pregunta Observaciones Respuesta Fundamento
¿Grava a la tasa del 0% del IVA la venta de plástico para uso en invernadero hidropónico? El plástico para invernadero hidropónico se utiliza como equipo integrado al  invernadero y tiene como finalidad  proteger  los cultivos de diferentes elementos naturales, como el medio ambiente y plagas; además cuenta con un tratamiento con protección ultra violeta para mayor duración La enajenación en territorio nacional del producto denominado “plástico para uso en invernadero hidropónico” está sujeto a la tasa del 0% del IVA. Asimismo está exento  de dicho tributo en su importación, siempre y cuando se integre al invernadero y cumpla con su función de manera autónoma o en su conjunto con el invernadero para producir la temperatura y humedad de forma controlada o para proteger los cultivos de los elementos naturales Arts. 2-A, fracc. I, inciso g) y 25, fracc. III, LIVA  
¿Grava al 0% del IVA la enajenación del semillero para invernadero hidropónico? El semillero para invernadero hidropónico se utiliza como equipo integrado a invernaderos hidropónicos para:
  • ahorro de semillas
  • mejor planificación de siembras
  • desarrollo uniforme y calidad de plántulas
  • poda natural de raíces y control de malezas
  • aumento en la rotación del cultivo y de áreas en campo
  • protección al cultivo de contacto con el suelo, evitando el exceso de humedad y los parásitos
La enajenación en territorio nacional del producto denominado “Semillero para invernadero hidropónico” está sujeto a la tasa del 0% del IVA, siempre y cuando se integre al invernadero hidropónico y cumpla con su función de manera autónoma o en su conjunto con el invernadero para producir la temperatura y humedad de forma controlada; o proteger los cultivos de los elementos naturales   Art. 2 A, fracc. I, inciso g), LIVA  
¿A qué tasa de IVA debe gravarse la enajenación de mallas sombra, sintética, de polietileno y plásticos (polietileno)?   La malla es un tejido de urdimbre y trama de hilos de polietilenos; también se le conoce como malla sombra, malla de polietileno, malla sintética, y el plástico es una hoja de polietileno en rollos.   La malla (tejido de polietileno) y el plástico tienen como funcionalidad producir temperatura y humedad controladas, proteger a los cultivos de elementos naturales, radiación solar, plagas, elementos climáticos, entre otros. Es un elemento resistente para proteger el cultivo porque el tejido de polietileno (malla) y el plástico (polietileno), es una tecnología moderna en el cultivo de hortalizas de exportación A la enajenación de los productos denominados “malla sombra, malla sintética, malla de polietileno y plásticos (polietileno)”, les es aplicable la tasa del 0% del IVA, siempre y cuando se integren al invernadero hidropónico y cumplan con  su función de manera autónoma o en su conjunto con el invernadero para producir la temperatura y humedad de forma controlada o proteger los cultivos de los elementos naturales   Art. 2 A, fracc. I, inciso g), LIVA  

 




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