Ya no es necesario solicitar autorización para deducir este tipo de gasto, basta con presentar un aviso
Por Berenice Chávez
Según los artículos 36, fracción III, de la LISR y 76 del RLISR, los contribuyentes pueden deducir las inversiones en casas habitación siempre que:
Como puedes observar, se eliminó dentro de las exigencias, solicitar autorización para llevar a cabo la deducción de este tipo de erogación, basta con presentar un aviso ante el SAT.
No obstante hasta la fecha de elaboración de esta nota, la autoridad no ha publicado la forma de cómo cumplir con este requisito. De hecho el anexo 1-A de la RMISC “Trámites fiscales” no contempla al respecto ningún procedimiento a seguir.
De ahí que mientras no se pronuncie la autoridad sobre este particular, el procedimiento a seguir por el contribuyente interesado será presentar, a través del portal del SAT, un escrito libre con los siguientes requisitos:
- datos precisados en el artículo 18 del CFF
- original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma del contribuyente o representante legal, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal
- copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante Notario o Fedatario Público
- estudio comparativo entre los gastos efectuados durante el último ejercicio por concepto de hospedaje y las erogaciones estimadas durante un ejercicio por la inversión de la casa habitación; en caso de ser destinada para una persona física que tenga relación con la empresa
- documentación que acredite la estancia de las personas que ocupan dicho inmueble, (copia del recibo de luz, teléfono, agua, etc., que sea reciente y se encuentre pagado)
- si la casa es utilizada como oficina se tiene que especificar tal hecho
Sobre esta situación, es probable que surjan diversas interrogantes, las cuales serán resueltas en nuestra edición impresa número 362 correspondiente al 15 de diciembre de 2015.